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Acceso a la Universidad para alumnos con estudios universitarios o de nivel académico equivalente cursados en una universidad o en un centro de enseñanza superior extranjeros
Los alumnos con estudios superiores, universitarios o técnicos, iniciados en el extranjero que deseen cursar estudios en nuestra Universidad podrán solicitar la convalidación de sus estudios por estudios españoles.
En el caso de que se posea una titulación universitaria extranjera, consulte el apartado estudios finalizados.
1. Las solicitudes se presentarán en el centro o centro adscrito de la Universidad de Barcelona donde se desee cursar los estudios (el modelo de impreso necesario se puede obtener en el mismo centro o centro adscrito).
2. Será necesario aportar la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes de su país, que puede ser substituido por una fotocopia compulsada del pasaporte o del permiso de residencia en España, o, en el caso de ciudadanos españoles, por una fotocopia compulsada del DNI.
- Certificado académico de los estudios realizados que se pretenden convalidar, con el detalle de las calificaciones obtenidas, así como la nota mínima para superar las asignaturas.
- Programa de las asignaturas aprobadas, con el sello original de la universidad donde se imparten.
- Plan de estudios de la carrera iniciada por el solicitante, en el que conste la duración de los estudios en años académicos y las asignaturas que los integran, con el sello original de la universidad donde se imparten.
Los documentos deberán ser originales y oficiales, expedidos por las autoridades competentes y debidamente legalizados y traducidos.
Los documentos originales se podrán presentar junto con una fotocopia, y serán devueltos a la persona interesada cuando se haya realizado la diligencia de compulsa. Si las fotocopias ya están compulsadas y legalizadas ante notario o por las representaciones consulares o diplomáticas de España en el país de donde proceden los documentos, no será necesaria la presentación simultánea del original.
3. El órgano correspondiente del centro o centro adscrito resolverá la petición de convalidación, que se ajustará a los criterios generales establecidos por la normativa vigente.
4. La resolución de convalidación se comunicará a la persona interesada.
Las asignaturas convalidadas en otra universidad no tienen efecto en ésta, excepto en el caso de que sean ratificadas en el mismo expediente de convalidación.
Las resoluciones de convalidación de las que no se haya hecho uso mediante una matrícula durante un período de tres años, deberán ser revisadas a petición de la persona interesada cuando ésta desee iniciar los estudios.
La resolución de convalidación, en ningún caso, implica el acceso al centro; el acceso depende de la evaluación técnica sobre la equivalencia entre las asignaturas cursadas por el alumno y las del plan de estudios del centro donde se desee continuar los estudios universitarios.
La solicitud de plaza se realizará en los organismos siguientes, según la resolución de convalidación:
1. Si se obtiene una convalidación de menos de 60 créditos
Se debe solicitar plaza mediante preinscripción (el período finaliza aproximadamente la primera semana de julio del año en que se desea iniciar los estudios). Debe dirigirse a:
- Oficina de Orientación para el Acceso a la Universidad
Plaça del Bonsuccés, 5-6
08001 Barcelona
Tel. (34) 932 230 323 / 232 591 accesnet.dursi@gencat.net
2. Si se obtiene una convalidación de más de 60 créditos
Se debe solicitar plaza al decanato o a la dirección del centro que imparte los estudios, en los períodos que se establezcan y, en cualquier caso, antes del mes de agosto del año en que se desee iniciar los estudios.
3. Si no se obtiene la convalidación
Para acceder a la Universidad será necesario seguir los trámites que se explicitan en el caso de no haber iniciado estudios universitarios.
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