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Procedimiento interno de la UB para la homologación de títulos extranjeros de educación superior para el título de doctor Imagen de diagramación
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Solicitud de homologación
Documento para la presentación de documentación requerida
Requisitos de los documentos
Legalización
Traducciones oficiales
Copias compulsadas
 
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Para más información:

Universitat de Barcelona
Escola de Doctorat

Gran Via de les Corts Catalanes, 582, 1r
08011 Barcelona

escola.doctorat@ub.edu

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Concepto

 

La homologación de títulos extranjeros de educación superior para el título de doctor de la Universitat de Barcelona, es el reconocimiento oficial de la formación superada, para la obtención del título de doctor extranjero, como equivalente a la exigida para la obtención de un título de doctor de la Universitat de Barcelona. A partir de la fecha de la credencial de homologación, se otorga al título que ha sido homologado los mismos efectos del título académico del Estado, por el cual se homologa.

IMPORTANTE: Los doctores extranjeros que hayan obtenido el Certificado de Acreditación Nacional para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, de acuerdo con lo que se establece en el RD 1312/2007, no es necesario que soliciten la homologación del título de doctor dado que el Certificado de Acreditación Nacional tiene los mismos efectos.

 

 

Documentación necesaria

 

  • Impreso de solicitud cumplimentado
  • Original y fotocopia del DNI , documento de identidad comunitario o pasaporte .
  • Original y fotocopia del Título de doctor , debidamente legalizado y acompañado de su traducción oficial al castellano o catalán.
  • Original y fotocopia de la certificación académica de los estudios de doctorado cursados, debidamente legalizada y acompañada de su traducción oficial al castellano o catalán .
  • Un ejemplar de la tesis doctoral
  • Memoria explicativa de la tesis doctoral redactada en castellano o catalán
  • Currículum Vitae en castellano o catalán (modelo normalizado)
  • Justificante del pago de la tasa de tramitación de solicitud.

IMPORTANTE: para información más detallada consulta el impreso de solicitud.

 

 

Tasas asociadas

 

La Generalitat de Catalunya fija cada curso académico los precios por la prestación de servicios académicos en las universidades públicas catalanas.

Existen dos tasas asociadas al trámite de homologación de títulos extranjeros:

  1. Tramitación de la solicitud: 207,20 €
  2. El pago de esta tasa ha de realizarse en la Oficina de Acceso y Títulos (Gestión Académica). En esta unidad te expedirán el justificante de pago, que podrás abonar mediante tarjeta bancaria o a través de una de las entidades bancarias colaboradoras.

    IMPORTANTE: Recuerda que has de adjuntar el justificante del pago a tu solicitud de homologación. La UB no tramitará ninguna solicitud que no se acompañe del justificante de pago.

  3. Tramitación de la credencial: 207,20 €

    En caso que la resolución de homologación sea favorable tendrás que pagar esta tasa para que te sea expedida la correspondiente credencial. El pago de esta tasa ha de realizarse en la Oficina de Acceso y Títulos (Gestión Académica). En esta unidad te expedirán el justificante de pago, que podrás abonar mediante tarjeta bancaria o a través de una de las entidades bancarias colaboradoras.

 

 

Presentación de la solicitud

 

  1. Una vez dispongas de toda la documentación has de ponerte en contacto con la Oficina de Asuntos Generales y Tercer Ciclo (Gestión Académica) para pedir cita previa. El horario de presentación de solicitudes es de 9 a 12 horas.

  2. En esta Oficina confrontaran los documentos originales con las fotocopias para realizar las compulsas que procedan. Una vez hecho esto, te serán devueltos los documentos originales.

  3. A continuación realizaras el pago de la tasa de tramitación de la solicitud. Este pago ha de realizarse en la Oficina de Acceso y Títulos (Gestión Académica).

  4. Para iniciar el procedimiento es necesario que presentes la solicitud de homologación con toda la documentación, en el Registro General de la UB. La oficina de Registro dará una fecha y un número de entrada a la solicitud, de la cual puedes pedir una copia. Los plazos establecidos en la normativa de homologación comienzan a contar a partir de la fecha de entrada de la solicitud.

IMPORTANTE: la oficina de Asuntos Generales y Tercer Ciclo, la de Acceso y Títulos y la sede del Registro General se encuentran situadas en el mismo recinto (Pabellón Rosa).

 

 

Tramitación de la solicitud

 

  1. Revisión de la documentación

    El órgano instructor realiza la revisión de toda la documentación aportada. En el caso que se detecte que la documentación no cumple los requisitos i/o se observe la falta de alguno de los documentos exigidos, se requerirá al/la solicitante para que en el plazo de 10 días aporte los documentos que correspondan. En el caso que no se presenten los documentos en el plazo establecido la UB dictara una resolución de desestimación.

    Así mismo se podran requerir otros documentos que se consideren necesarios, tal como establece el articulo 7.2 de la normativa correspondiente.

    En caso de duda sobre la autenticidad, validez o contenido de los documentos aportados, el órgano instructor podrá efectuar las diligencias necesarias para su comprobación, así como dirigirse a la autoridad competente expedidora de los mismos para validar las dudas que puedan surgir.

    Un vez se disponga del expediente completo (solicitud y toda la documentación establecida) se elevara a la consideración de los Comités Técnicos de homologación.

  2. Análisis Comités Técnicos de homologación

    Se han constituido dos Comités Técnicos para analizar e informar sobre las solicitudes de homologación que se presenten en la UB, de acuerdo con el ámbito de conocimiento de los estudios superados. Estos Comités se reúnen 2 o 3 veces al año, en función del número de solicitudes presentadas.

    Los Comités Técnicos analizan e informan sobre las solicitudes que cumplen los requisitos establecidos y se acompañan de todos los documentos preceptivos. Por tanto, las solicitudes que se encuentran en fase de requerimiento o les falta documentación no serán analizadas por los mencionados Comités hasta que se enmiende la solicitud o se aporte toda la documentación.

    Los Comités Técnicos pueden requerir a los solicitantes que aporten otros documentos que consideren necesarios.

  3. Informe de la presidenta de la Comisión de Doctorado de Consejo de Gobierno

    A la vista del informe emitido por los Comités Técnicos de homologación la presidenta de la Comisión de Doctorado de Consejo de Gobierno emite un informe - favorable o desfavorable - sobre la solicitud de homologación presentada. Este informe está motivado.

    Este informe es enviado al rector para que dicte resolución sobre la homologación.

  4. Resolución del rector de la UB

    El rector resuelve motivadamente otorgando o denegando la homologación solicitada.

    El plazo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses a contar desde que la solicitud haya tenido entrada en el Registro de la Universidad de Barcelona.

    La falta de resolución expresa en el plazo indicado permite entender desestimada la solicitud.

IMPORTANTE: el plazo máximo para resolver el procedimiento estará suspendido por el tiempo que transcurra entre la notificación del requerimiento de enmienda de la solicitud y su cumplimiento o por el transcurso del plazo otorgado.

 

 

Expedición de la credencial de homologación

 

En el caso que la resolución de homologación sea favorable, tendrás que pagar la tasa correspondiente a la expedición de la correspondiente credencial. El pago de esta tasa ha de realizarse en la Oficina de Acceso y Títulos (Gestión Académica). En esta unidad te expedirán el justificante de pago, que podrás abonar mediante tarjeta bancaria o a través de una de las entidades bancarias colaboradoras.

Una vez este expedida la credencial de homologación se te comunicará para que la pases a recoger por la Oficina de Acceso y Títulos.

La credencial la has de recoger personalmente o autorizar a otra persona mediante poder notarial. En los dos casos es necesaria la presentación del DNI, pasaporte o documento identificativo comunitario (UE) para recoger la citada credencial.

IMPORTANTE: La concesión de la homologación se acredita mediante la credencial expedida por el rector de la UB. La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en la que se haya concedido y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título de doctor en todo el territorio nacional, de acuerdo con la normativa vigente.

 

 


 
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  © Universitat de Barcelona Edición: Gestió Acadèmica-Afers Generals i Tercer Cicle
Última actualización o validación: 15.11.2013