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Los
documentos académicos expedidos por la Universidad de Barcelona que
deban legalizarse para surtir efecto en otros países deberán estar
firmados por el rector o por un vicerrector de esta Universidad.
Aquellos
documentos académicos que no estén firmados por el rector o un
vicerrector de la UB, deberán estar firmados o conformados por un cargo
académico del centro correspondiente, debiendo realizarse un trámite
previo de reconocimiento de la firma por parte del vicerrector
competente. La persona interesada deberá solicitar este reconocimiento
en la siguiente unidad:
Área de Soporte Academicodocente
Gestión Académica – Asuntos Generales y Tercer Ciclo
Pabellón Rosa, Recinto de la Maternidad
Travessera de les Corts, 131-159
08028 Barcelona
Tel. 93 402 17 53
ga.afersgenerals@ub.edu
Horario de atención:
Mañanas: de lunes a viernes de 8.00 a 14.30 h
Tardes: lunes de 16.00 a 18.00 h
Los
documentos firmados por el rector o aquéllos que ya tengan reconocida
la firma por un vicerrector de la UB seguirán una vía diferente de
legalización según el tipo de documento:
I. Legalización por vía diplomática
a) Tipos de documentos que se legalizan por esta vía
Se
legalizarán por esta vía los siguientes documentos académicos oficiales
con validez en todo el territorio nacional expedidos por la Universidad
de Barcelona:
- Certificados académicos oficiales de estudios homologados (licenciaturas, diplomaturas, ingenierías o doctorados)
- Títulos universitarios de carácter oficial expedidos por el rector de la UB (licenciado, diplomado, ingeniero o doctorado)
- Certificados sustitutorios de los citados títulos
- Certificados de aptitud pedagógica (CAP)
- Diploma de estudios avanzados
- Otras certificaciones relativas a estudios oficiales con validez en todo el territorio nacional.
Los documentos para legalizar han de ser siempre originales, con rúbrica manuscrita y con indicación del cargo y nombre completo. No se pueden reconocer rúbricas firmadas por Orden, Ausència o Autorización.
En el caso de legalización de los programas de las asignaturas cursadas, éstos deben ir acompañados de un certificado expedido por el centro que de fe que los programas que se acompañan han sido cursados por el interesado. Deberán encuadernarse y todas las páginas deberán ir numeradas y selladas por la Universidad de Barcelona.
b) Procedimiento
Es
necesario distinguir dos procedimientos diferentes para la legalización
de documentos por vía diplomática, según si el país de destino del
documento está adherido al Convenio de la Haya o no:
| ADHERIDO AL CONVENIO DE LA HAYA |
NO ADHERIDO AL CONVENIO DE LA HAYA |
| 1º |
Ministerio de Educación
Subdireccion General de títulos, convalidaciones y homologaciones
Servicio de Títulos – Sección Legalizaciones
Paseo del Prado, 28
28071 Madrid
Tel. 91 506 56 00 |
1º |
Ministerio de Educación
Subdireccion General de títulos, convalidaciones y homologaciones Servicio de Títulos – Sección Legalizaciones
Paseo del Prado, 28
28071 Madrid
Tel. 91 506 56 00 |
| 2º |
Ministerio de Justicia
Sección Legalizaciones
Secció Legalitzacions
Pza. de Jacinto Benavente, núm. 3
28012 Madrid
Tel. 91 390 20 11
Informació: 902 007 214 |
2º |
Ministerio de Asuntos Exteriores
Dirección General de Asuntos Consulares
Secció de legalitzacions
c/ Juan de Mena, 4
28014 Madrid
Tel. 91 379 17 00
Es necesario solicitar cita previa |
| 3º |
Representación diplomática o consultar en España del país donde deba surtir efecto el documento |
Más información: Ministerio de Educación
II. Legalización por vía notarial
a) Tipos de documentos que se legalizan por esta vía
Se legalizarán por esta vía los siguientes documentos académicos expedidos por la Universidad de Barcelona:
- Diplomas
y certificados de títulos propios de la Universidad de Barcelona
(posgrado, máster, extensiones universitarias y títulos propios de
pregrado)
- Certificaciones académicas de los citados títulos propios de la Universidad de Barcelona
- Certificaciones de la Escuela de Idiomas Modernos
- Otras certificaciones relativas a estudios propios de la Universidad de Barcelona
Los documentos para legalizar han de ser siempre originales, con rúbrica manuscrita y con indicación del cargo y nombre completo. No se pueden reconocer rúbricas firmadas por Orden, Ausència o Autorización.
b) Procedimiento
Es
necesario distinguir dos procedimientos diferentes para la legalización
de documentos por vía notarial, según si el país de destino del
documento está adherido al Convenio de la Haya o no:
| ADHERIDO AL CONVENIO DE LA HAYA |
NO ADHERIDO AL CONVENIO DE LA HAYA |
| 1º |
Notaría A. López Baliñá
C/ Pau Clarís, 163, 3r
Barcelona
Tel. 93 487 09 12 |
1º |
Notaría A. López Baliñá
C/ Pau Clarís, 163, 3r
Barcelona
Tel. 93 487 09 12 |
| 2º |
Colegio de Notarios
C/ del Notariat, 4
08001 Barcelona
Tel. 93 317 48 00/
93 317 44 78 |
2º |
Colegio de Notarios
C/ del Notariat 4
08001 Barcelona
Tel. 93 317 48 00/
93 317 44 78 |
| 3º |
Ministerio de Justicia
Sección Legalizaciones
Secció Legalitzacions
Pza. de Jacinto Benavente, núm. 3
28012 Madrid
Tel. 91 390 20 11
Informació: 902 007 214 |
| 4º |
Ministerio de Asuntos Exteriores
Dirección General de Asuntos Consulares
Secció de legalitzacions
c/ Juan de Mena, 4
28014 Madrid
Tel. 91 379 17 00
Es necesario solicitar cita previa |
| 5º |
Representación diplomática o consultar en España del país donde deba surtir efecto el documento |
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