El modelo sueco.


El modelo sueco se ha asentado sobre una concepción de la responsabilidad del Estado en la provisión del bienestar, en una doble dimensión, las políticas de desarrollo del pleno empleo y la provisión de una red de servicios públicos universales. La visión comunitaria del Estado de acuerdo a las tradiciones políticas, y el concepto de solidaridad emergente de los principios socialdemócratas, han conformado esta concepción. El modelo socialdemócrata sueco, respondiendo a la tipología de Sping Andersen ha tratado de disminuir el impacto del funcionamiento del mercado de trabajo sobre el bienestar de los individuos, configurando un nivel de bienestar independientemente de la posición de los individuos. Estas características son visibles ya en las políticas sociales desarrolladas a principios de siglo; es el caso, por ejemplo, de los primeros seguros de vejez e incapacidad establecidos en 1913 que cubrían no sólo a los asalariados o a aquellos con pensiones bajas sino a todos los grupos ocupacionales independientemente de sus ingresos. La educación, asistencia médica, servicios a las familias, trabajos de cuidados, etc. son considerados bienes públicos y servicios provistos por el estado hasta tal punto que se habla del Estado sueco como un estado de servicios sociales. Esta prestación de servicios universales para los ciudadanos y residentes se ha completado, no obstante, de forma progresiva con otros servicios cuyo acceso depende del mercado de trabajo.

La influencia del modelo del hombre como responsable del mantenimiento de la familia ha sido menor en el caso sueco. Las mujeres han recibido menores pensiones en su calidad de madres y esposas y éstas han ido disminuyendo progresivamente para ser sustituidas por prestaciones a título individual como ciudadana. No obstante, el declive de natalidad apuntado a principios de siglo puso en marcha un sistema de prestaciones de maternidad e hijos a lo largo de los años treinta tanto para casadas como para madres solas. Estas prestaciones contribuyeron a poner en crisis la idea de la necesidad de un salario familiar. La universalidad en el desarrollo de las políticas sociales se apunta inmediatamente después de la guerra: institucionalización de las pensiones de ciudadanía para la vejez (1946), las prestaciones por hijos independientemente de los recursos (1948) y la reforma de los seguros por enfermedad(1955) y de pensiones (1960). Antes de 1960 se daba un sistema de seguros mínimos complementados con seguros según el nivel de ingresos y se daba mayor nivel de prestaciones a los hombres que a las mujeres. La progresiva universalidad de las prestaciones sociales ha dejado también sin efecto el impacto del menor salario de las mujeres en el acceso a dichos beneficios sociales, lo que ha constituido una clave importante de discriminación de las mujeres en otros países; finalmente, el reconocimiento de los trabajos de cuidados ha hecho que las mujeres pudieran reclamar el acceso a los beneficios sociales como mujeres y como madres mas que como esposas.

Las políticas llamadas de conciliación del trabajo y la familia consideradas características del modelo socialdemócrata de Estado del Bienestar tienen en el Estado sueco un desarrollo también precoz y avanzado. A partir de la década de los setenta se produce una fuerte inversión pública en la creación de servicios preescolares y una extensión de los permisos por maternidad a los padres. En este sentido, Suecia es el país que ha apostado más fuertemente por esta política: desde 1989 los padres tienen derecho por el nacimiento de un hijo a 450 días laborables y pagados. Sesenta de ellos han de ser para la madre. Este tiempo puede ser utilizado de manera flexible, como forma, por ejemplo de reducir la jornada de trabajo, siempre que sea antes de que el hijo cumpla los ocho años. La remuneración llega al 90% del sueldo durante los primeros 360 días de permiso.

Hasta 1960, las tasas de actividad femenina en Suecia no eran mayores que en Estados Unidos o Inglaterra, el mercado de trabajo estaba fuertemente segregado y las políticas laborales daban prioridad al empleo y al salario masculino. A partir de 1960, esta estructura va disolviéndose progresivamente a través de políticas activas de promoción del empleo femenino y de políticas de paridad salarial. No obstante, el amplio desarrollo del Estado del bienestar ha configurado un mercado de trabajo fuertemente segregado en el que las mujeres siguen desarrollando prioritariamente los trabajos de cuidados, que pesar de las políticas estatales, siguen teniendo un status y un salario inferior al de los trabajos masculinos del sector público y privado. De ahí el debate sobre las repercusiones del desarrollo del Estado del bienestar para las mujeres.


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