Libre circulación de personas.

La Unión Europea debe funcionar, respecto a la movilidad de las personas, con las mismas características como si se tratara de un Estado, de forma que las personas deben poder moverse entre los Estados miembros, con la misma facilidad y libertad con la que se mueven de una región a otra en sus propios Estados. Esta movilidad no tiene que suponer una disminución de la seguridad de los ciudadanos y por ello, deben existir medidas básicas que garanticen la seguridad en la Unión.

La supresión de los controles sobre las personas que atraviesan las fronteras interiores de la Unión, forma parte del funcionamiento de la estructura política y es pilar básico en la constitución y consolidación de la Unión Europea, dado que sin esa supresión de controles internos la Unión no será una realidad para los ciudadanos de la Unión Europea.

Todas las personas independientemente de su nacionalidad son beneficiarias de la supresión de los controles fronterizos, no obstante existe una cláusula de salvaguardia para el caso de que un Estado miembro tenga que afrontar una amenaza al orden o a la seguridad pública (propuesta de primera directa de 12 de julio de 1995).

Y respecto a los ciudadanos de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro tienen, derecho a visitar diferentes Estados de la Unión, siempre que dispongan de permiso de residencia o de un visado válido para todos los Estados miembros de la Unión (tercera propuesta de directiva de julio de 1995).

El Acuerdo Schengen prevé la libre circulación gradual de personas y mercancías en el espacio Schengen, y la cooperación administrativa y la homologación de las legislaciones nacionales, para que la libre circulación suponga también una cooperación policial y judicial.

La lucha contra el terrorismo, la criminalidad, el tráfico de drogas y la inmigración clandestina y a las mafias, precisaban de una actuación policial y administrativa coordinada, y el desmantelamiento de las fronteras interiores entre los países signatarios, no podía suponer dejar de actuar eficazmente en este campo, más bien se pretendía lo contrario, incrementar la eficacia contra estos graves problemas comunes.

El Convenio está compuesto de 142 artículos, que modifican leyes nacionales de los países acogidos al mismo. En el Convenio Schengen se establecen posiciones sobre la libre circulación de personas, la libre circulación de mercancías, la cooperación policial y judicial y el tráfico ilegal.

El principio de libertad de circulación de las personas es válido para todas la personas, independientemente de su nacionalidad. Eso incluye a ciudadanos y turistas de terceros países, solicitantes de asilo e inmigrantes legales. En el artículo 2.1 del Convenio, se establece que "las fronteras internacionales pueden ser cruzadas en cualquier lugar", sin que se realice ningún control de las personas, excepto si razones de orden público o de seguridad nacional lo exigen.

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