Los "bienes primarios"


En una sociedad bien ordenada todos los ciudadanos disponen de las mismas libertades básicas y oportunidades equitativas. Los denominados "bienes primarios" para Rawls son:

  1. Las libertades básicas: la libertad de pensamiento, de conciencia, de asociación...Libertades consideradas claves para el principio de justicia. Son las dotadas de lo que Rawls llama "campo central de aplicación" lo que significa que tienen prioridad sobre las demás y que necesitan de protección institucional para garantizar el pleno ejercicio de las facultades morales de los ciudadanos.

  2. La libertad de movimientos y la libre elección de la ocupación. Lo que sólo resulta posible en un marco de diversas posibilidades. Estos dos primeros bienes son inmutables.

  3. Las satisfacciones y prerrogativas de las funciones y las propuestas de responsabilidad permiten desarrollar las diversas capacidades autónomas y sociales.

  4. La renta y la riqueza, consideradas en el sentido más amplio como modelos generales.

  5. Las instituciones de base que permiten a los ciudadanos desarrollar y ejercer sus facultades morales.

En estos tres últimos casos se dan grados de desarrollo distinto de los bienes, cuyos límites, sin embargo, Rawls no precisa.



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