Charles Taylor


"Puede irse viendo ya de qué manera la tradición hermenéutica que hemos visto en la filosofía de Taylor está vinculada al reconocimiento de la sustantividad de los valores que nuestro autor reclamaba contra las filosofías "inarticuladas" de la modernidad. A la hora de analizar con mayor detenimiento la epistemología ética de Taylor (y su crítica a las epistemologías empobrecidas de la modernidad, por decirlo en sus términos), conviene que nos detengamos brevemente en dos ideas que han ido apareciendo en su análisis: en su crítica de lo que denomina el atomismo de la filosofía moral y de la política de la modernidad, y en su concepción de un nuevo y problemático realismo ético.

Taylor analiza, bajo la rúbrica del "atomismo", las teorías contractualistas que forman la espina dorsal del pensamiento liberal moderno. El ataque fundamental de Taylor irá contra la noción de derechos del individuo tal como aparecen en la teoría política moderna y querrá analizarlo, en líneas que a veces recuerdan argumentos iusnaturalistas, como horizontes de valor de las sociedades desarrolladas. La existencia de derechos no puede comprenderse desde los mecanismos de adscripción reconstruidos por el contractualismo, argumenta Taylor, porque a toda adscripción de derechos subyace el reconocimiento del valor moral de aquel a quien tales derechos se atribuyen. Son, por lo tanto, las "propiedades esenciales" de ese sujeto, sus "capacidades humanas", las que le definen como sujeto de derechos, a la vez que definen qué derechos son esos. Tal reconocimiento del sustrato moral de los derechos implica, pues, el reconocimiento ulterior de que sólo el reconocimiento de determinadas ideas de bien puede explicar la formulación de alguna idea de justicia, de que sólo la articulación valorativa -en último término, en forma de evaluaciones fuertes- puede explicar la dimensión de lo justo.

¿A qué obedece, por el contrario, la propuesta moderna de entender la prioridad de lo justo sobre lo bueno, tal como aparece en el contractualismo clásico y en sus reformulaciones modernas? Taylor considera que sólo el espejismo de pensar que los sujetos pueden escoger determinados bienes o normas al margen de horizontes sustantivos de valor, en base a la fuerza de su racionalidad argumentadora en marcos procedimentales, hace comprensible el atractivo de las teorías liberales. Tales teorías, como criticara en su día Sandel autor comunitarista al que Taylor hace más de una alusión apreciativa?, dan por sentada una noción de "yo desencarnado" que le supone a los sujetos, sigue criticando Taylor, una capacidad de elección ilimitada. Sólo la aceptación de la psicología moral del empirismo clásico, según la cual "la plena capacidad de elección está dada y no se considera un potencial a desarrollar ", puede fundamentar esa confianza. Siguiendo líneas de razonamiento ya mencionadas, Taylor argumentará que la justificación de los derechos sólo puede realizarse en base a valores y, consiguientemente, en base a determinados estándares que fijan qué modo de vida puede considerarse bien pleno, bien frustrado. La consecuencia de ello es que "no podemos, por lo tanto, pretender razonablemente que una forma de vida truncada es moral para determinadas personas en base a defender que tienen derecho a la misma". Notemos que el universalismo que se contiene en esta posición de Taylor está en las antípodas del universalismo de la imparcialidad del pensamiento moderno. Aquí nos encontramos con la capacidad de juzgar universalmente, en base a determinados criterios fuertes de valor que se poseen, otros modos de vida. La fuerza de la prueba, pues, radica en la fuerza misma de esos criterios, en su capacidad para expresar valores no susceptibles de minusvaloración pues encierran contenidos cuyo desconocimiento, olvido o destrucción iría contra nuestra misma manera de ser. Pero la fuerza de esos criterios sólo puede ser justificada desde dentro de un horizonte de valor dado y para los sujetos que comparten tal horizonte. El problema, pues, es cómo pueden esos sujetos justificar la fuerza objetiva de sus valores frente a aquellos que no los comparten."

  • Charles Taylor: La ética de la autenticidad. Paidós, Barcelona 1994. P. 23-25.