Datos de contacto
Presidente: Sr. Joaquim Coello Brufau
Secretario y director del Gabinete Técnico:
Sr. Jordi Camós
Secretaria: Sra. Mercè
Cócera
Dirección electrónica: csocial@ub.edu
Teléfono 934 035 329 Fax
934 035 332
Dirección postal: c. Balmes
21 1r 1a - 08007 Barcelona
Competencias
y composición
El Consejo Social es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad y el órgano de relación de la Universidad con la sociedad. De acuerdo con la legislación vigente, le corresponde, entre otras funciones, supervisar las actividades de carácter económico y el rendimiento de los servicios de la Universidad, y promover la colaboración de la sociedad en la financiación de esta.
Competencias
Son competencias del Consejo Social:
- colaborar con el Consejo de Gobierno en la definición de los criterios y los objetivos del planeamiento estratégico de la Universidad,
- participar en la determinación de los criterios básicos para la elaboración del presupuesto de la Universidad y, a propuesta del Consejo de Gobierno, aprobarlo,
- supervisar las actividades de carácter económico, hacer el seguimiento del presupuesto y aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la programación y el gasto pluriennal de la Universidad,
- aprobar los precios de las enseñanzas propias de la Universidad, los de los cursos de especialización y los de los servicios de la Universidad,
- aprobar las propuestas de operaciones de endeudamiento y de aval, acordar las transferencias de crédito de operaciones de capital a operaciones corrientes y las solicitudes de crédito extraordinario o suplementos de crédito,
- velar por el patrimonio de la Universidad, aprobar la desafectación de bienes y autorizar al rector o la rectora a adoptar los acuerdos de adquisición, disposición y gravamen de los bienes que la precisen,
- aprobar la constitución, la modificación y la extinción de entidades jurídicas para la promoción y el desarrollo de la Universidad, y aprobar la participación de la Universidad en otras entidades,
- contribuir a la supervisión y la evaluación de la calidad, del rendimiento y de la viabilidad económica y social de la Universidad, en colaboración con la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario en Catalunya,
- acordar la política de becas, de ayudas y de créditos para el estudio y la búsqueda,
- acordar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la asignación singular e individual de retribuciones adicionales al personal docente e investigador. Determinar los lugares a los cuales corresponde la asignación de un complemento específico, e informar sobre los convenios colectivos del personal laboral antes de formalizarlos, y
- todas las otras que la normativa vigente y el presente Estatuto le atribuyan.
Composición
El Consejo Social está formado por nueve miembros representativos de la sociedad catalana y por seis miembros representantes de la comunidad universitaria. La representación de la comunidad universitaria en el Consejo Social está constituida por el rector o la rectora, el secretario o la secretaria general y el o la gerente, como miembros natos, y por un representante del profesorado, un o una estudiante y un miembro del personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno entre sus miembros por un periodo máximo de cuatro años. |