| Rector |
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| Josep Samitier
i Martí |
Datos de contacto
Dirección electrónica: rectorat@ub.edu
Teléfono 934 035 546 Fax 934 035 404
Dirección postal: Gran Via de les Corts Catalanes, 585
08071 Barcelona
Gabinete del Rector
Jefe del Gabinete: Mercè Gómez
Teléfono 934 037 292 Fax 934 035 404
Dirección electrónica: gabinet.rector@ub.edu
Competencias (art.
71 a 73 Estatut UB)
El rector o la rectora es la máxima autoridad académica de la Universidad y su representante legal. Como órgano unipersonal de gobierno, ejerce la dirección y la gestión de la Universidad.
Preside el Claustro Universitario, el Consejo de Gobierno y la Junta Consultiva, forma parte del Consejo Social y ejecuta los acuerdos. También es presidente nato o presidenta nata de las entidades del Grupo Universitat de Barcelona.
Son competencias del rector o la rectora, de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso:
- representar oficialmente a la Universidad ante los poderes públicos y las entidades públicas y privadas, como también delegar para el ejercicio de esta representación,
- expedir, en nombre del Jefe del Estado, los títulos homologados de las enseñanzas que la Universidad imparte y, en nombre propio, los títulos, diplomas y certificados propios de la misma Universidad,
- nombrar y separar a los cargos de gobierno de la Universidad,
- nombrar y separar a los vicerrectores y las vicerrectoras y delegarles competencias,
- nombrar y separar al secretario o la secretaria general,
- nombrar, de acuerdo con el Consejo Social, y separar, escuchado el Consejo de Gobierno, al o a la gerente,
- presidir las fundaciones y participar en los órganos de gobierno de las entidades y empresas del Grupo Universitat de Barcelona, personalmente o mediante el nombramiento de uno o más representantes de la Universidad,
- nombrar al personal académico y al personal de administración y servicios de la Universidad y firmar los contratos,
- nombrar a los miembros de las comisiones de los concursos de acceso y de contratación del personal académico,
- adoptar las decisiones relativas a las situaciones administrativas y las incompatibilidades del personal de la Universidad, y ejercer la potestad disciplinaria,
- resolver los recursos administrativos de acuerdo con el Estatuto y la legislación vigente,
- autorizar los gastos y ordenar los pagos de la Universidad,
- ejercer todas las facultades de gobierno y administración no atribuidas expresamente por este Estatuto a los otras órganos de la Universidad, y
- todas las que la normativa vigente y el presente Estatuto le atribuyan.
Comisiones que preside
Estatutariamente el rector es el presidente de todas las comisiones delegadas del Consejo de Gobierno y puede delegar la presidencia.
Preside las comisiones siguientes:
- Comisión Económica (art. 178)
- Comisión de Reglamento (art. 62.3)
y ha delegado la presidencia del resto de comisiones en los vicerrectores.
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