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El Síndic de Greuges (art. 66 Estatut UB)

Datos de contacto

Dr. Antoni Mirambell Abanco
Dirección electrónica: sindic@ub.edu
Secretaria: Sra. Mercč Cócera
Teléfono 93 403 55 00 Fax 93 403 53 32
Dirección postal: Balmes, 21 - 08007 Barcelona
(Horas de consulta i visita del Síndic: miércoles de 10 a 14 h)

Competencias

El síndico o la síndica de greuges es el órgano encargado de velar por los derechos y las libertades del alumnado, el profesorado, el personal investigador y el personal de administración y servicios ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios, y de ejercer una actividad informativa permanente sobre el funcionamiento de la Universidad.

Sus actuaciones están siempre dirigidas a la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, no están sometidas al mandato imperativo de ninguna instancia universitaria y se rigen por los principios de independencia y autonomía.

Son funciones de la sindicatura de greuges:

  • elaborar su propio Reglamento, que es aprobado por el Claustro Universitario,
  • recibir las quejas y observaciones que le formulen sobre el funcionamiento de la Universidad las personas que tienen interés legítimo por hacerlo,
  • solicitar información a los diversos órganos universitarios a los cuales afecten las quejas y las observaciones mencionadas anteriormente,
  • realizar, con carácter no vinculante, ante los órganos competentes, propuestas de resolución de los asuntos que hayan sido sometidos a su consideración, y ser informado de las decisiones que, si procede, se adopten,
  • presentar al Claustro Universitario y al Consejo Social un informe anual sobre el funcionamiento de la Universidad, y
  • todas las otras que la normativa vigente y el presente Estatuto le atribuyan.

Reglamento

Reglamento de la sindicatura de greuges de la UB pdf (en catalán)
Aprobado por el Claustro el dia 25 de noviembre de 2004

 

 
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  © Universitat de Barcelona Edición: Comunicación
Última actualización o validación: 06.03.2009