El
Síndic de Greuges (art. 66
Estatut UB)
Datos de contacto
Dr. Antoni Mirambell Abanco
Dirección electrónica: sindic@ub.edu
Secretaria: Sra. Mercč Cócera
Teléfono 93 403 55 00 Fax 93 403 53 32
Dirección postal: Balmes, 21 - 08007 Barcelona
(Horas de consulta i visita del Síndic: miércoles de 10 a
14 h)
Competencias
El síndico o la síndica de greuges
es el órgano encargado de velar por los derechos y las libertades
del alumnado, el profesorado, el personal investigador y el personal
de administración y servicios ante las actuaciones de los
diferentes órganos y servicios universitarios, y de ejercer
una actividad informativa permanente sobre el funcionamiento de
la Universidad.
Sus actuaciones están siempre dirigidas a la mejora de la
calidad universitaria en todos sus ámbitos, no están
sometidas al mandato imperativo de ninguna instancia universitaria
y se rigen por los principios de independencia y autonomía.
Son funciones de la sindicatura de greuges:
- elaborar su propio Reglamento, que es aprobado por el Claustro
Universitario,
- recibir las quejas y observaciones que le formulen sobre el
funcionamiento de la Universidad las personas que tienen interés
legítimo por hacerlo,
- solicitar información a los diversos órganos universitarios
a los cuales afecten las quejas y las observaciones mencionadas
anteriormente,
- realizar, con carácter no vinculante, ante los órganos
competentes, propuestas de resolución de los asuntos que
hayan sido sometidos a su consideración, y ser informado
de las decisiones que, si procede, se adopten,
- presentar al Claustro Universitario y al Consejo Social un informe
anual sobre el funcionamiento de la Universidad, y
- todas las otras que la normativa vigente y el presente Estatuto
le atribuyan.
Reglamento
 |
 |
Reglamento de
la sindicatura de greuges de la UB pdf
(en catalán)
Aprobado por el Claustro el dia 25 de
noviembre de 2004 |
|