DRA. FLORENCIA LUNA
Directora del Area de Bioética de la Facultad Latinoamerica de
Ciencias Sociales.
Resulta inaudito que se genere una polémica como la que en las últimas
semanas se planteó a raíz de un aborto terapéutico. Se trata de una
mujer de 35 años, madre de dos niños, que padece una enfermedad
cardiovascular severa, hipertensión y obesidad y cuyo embarazo ponía en
riesgo su vida.
Los profesionales que la atendían pidieron una orden judicial, concedida
a las nueve semanas de embarazo. Transcurrieron dos largos meses...
Estas idas y venidas judiciales atentan contra los principios básicos de
la bioética.
Hay que comenzar por señalar que, aun con sus ambigüedades, el Código
Penal, en su artículo 86, es absolutamente claro respecto de la no
punibilidad del aborto si se hace "con el fin de evitar un peligro para
la vida o la salud de la madre". Esto implica que se puede realizar la
intervención sin autorización judicial previa.
La ley pide el consentimiento de la mujer. ¿Por qué se pide el
consentimiento? Por un principio bioético fundamental: el respeto a la
autonomía de las personas. Porque aquellas mujeres que, por motivos
religiosos u otras razones personales, prefieren arriesgar su vida en
pos de intentar el nacimiento de un hijo son libres de hacerlo, pero
aquellas que tienen otros valores o "simplemente" quieren continuar
viviendo también tienen derechos. Tal como lo plantearon los jueces, aun
si se concede que hay dos vidas en juego, debe privilegiarse la de la
madre, por su instalación en el mundo (porque tiene un plan de vida,
preferencias y deseos) y porque, en muchos casos, de ella dependen otros
hijos. Es más: la ética considera el sacrificio de la mujer un acto
supererogatorio: está más allá del llamado del deber, de la obligación
ética. Este sacrificio puede surgir de la moral de un santo o un héroe,
pero no podemos exigirlo al resto de las personas.
Así pues, quitar este derecho a la vida a la mujer no es humanitario.
Esta judicialización inadecuada victimiza a la mujer. El diagnóstico
médico y la
autorización de la involucrada bastan para realizar el aborto. No se
debe pedir autorización.
Someter a esta instancia a la mujer y a su familia viola otro de los
principios fundamentales de la bioética: el de no dañar. Se la daña
físicamente y psicológicamente cuando se retrasa una decisión de esta
índole durante más de ocho semanas.
Implica atentar contra su salud, jugar con la vida y la muerte...
Y, finalmente, se atenta contra el principio de justicia: esto,
desgraciadamente, les ocurre a quienes no tienen recursos, a los más
vulnerables. Tal como señaló el ministro de Salud, el problema del
aborto es un serio problema de salud pública que no se puede seguir
soslayando. Implica la muerte innecesaria de demasiadas mujeres.
El Estado debe garantizar este derecho a la vida y a la salud y debe
hacer que se conozca la ley, con sus implicancias, para que los
profesionales de la salud la respeten.
En 2005, judicializar un caso como éste es inadmisible.
La autora fue presidenta de la Asociación Internacional de Bioética.
|