EL PERIÓDICO - EL BILLETE - 12/02/06

Subrogar la maternidad

DRA.  MARÍA CASADO

Directora del Observatorio de Bioética y Derecho (Parc Científic de la Universitat de Barcelona).

La nueva ley de reproducción asistida acierta al mantener el criterio de prohibición respecto de la maternidad subrogada. Aunque con cautelas y garantías podrían aceptarse excepciones --entre mujeres con grado de vinculación muy directa--, existe un consenso bastante generalizado en la razonabilidad de este límite y sólo algunos de los directamente involucrados preconizan la plena liberalización.

La aceptación de un contrato de este tipo genera más dificultades de las que solventa. Si se admite que una mujer que quiere tener un hijo genético acuda a otra mujer para que lo geste --y se comprometa a entregarlo al parir--, es fácil que eso sólo ocurra en condiciones de desigualdad. Si media pago, es previsible que la gestante esté en condición económica difícil y a merced de la que puede pagar --así han sido los casos que han llegado a los tribunales--. Además, el pago en los tráficos sobre el cuerpo humano está prohibido en la legislación nacional e internacional. Pero aun si exigimos que en el proceso sólo medie altruismo, no habremos suprimido los problemas: la relación entre una mujer y el fruto de su gestación es de una índole tal que no es posible obviar la posibilidad de que cambie de opinión y que ello sea amparable.

El interés superior del menor obliga a tener muy en cuenta la situación que se plantea a un niño con dos madres en pugna. Aunque en la adopción y en la acogida ya sea frecuente esta controversia, en ambos casos se trata de solucionar dificultades de niños ya existentes. La cuestión es: ¿está bien concebir hijos así, junto con el problema?
 


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Última actualización: 15/02/06