Número 19 - Mayo 2010

Versión PDFBioética Animal

Mi paso por la CEA (Comisión de Experimentación Animal de la Generalitat de Catalunya)

Montserrat Ubach
Licenciada en psicología, periodista y asesora de la FEDAN (Federació d’Entitats pro Drets dels Animals i la Natura).


Resumen

Durante casi cinco años y hasta el 2008 he sido la representante de las entidades defensoras de los animales de Catalunya en la Comisión de Experimentación Animal de la Generalitat (CEA) formada por ocho personas, siete de las cuales representan a la administración y al colectivo experimentador y solo una al sector proteccionista.

En la primera reunión de la CEA a la que yo asistí, se me advirtió de que no solo los datos relativos a la experimentación eran confidenciales sino que –según consta en acta– también lo era “el conjunto de las discusiones”. En caso contrario que me atendiera a las consecuencias. Según esto ni tan siquiera podía informar al colectivo que representaba de mis propias propuestas, preguntas, quejas o comentarios.

Esta advertencia, que se mantuvo hasta el final, no evitó que denunciara las irregularidades de la Comisión, los incumplimientos de la ley y la más absoluta falta de transparencia con la que se realizan estas prácticas.

Estas denuncias, una vez agotadas las vías ordinarias con el Departament de Medi Ambiente y la presidencia de la Generalitat, se canalizaron a través de artículos, preguntas parlamentarias, quejas al Síndic de Greuges, comunicados de prensa y actos informativos, como el organizado en el Colegio de Periodistas de Catalunya el 4 de octubre del 2007, bajo el título: L’experimentació amb animals a Catalunya. El dret a la informació i a la llibertat d’expressió”.

Finalmente, el 28 de mayo del 2008, el Parlament de Catalunya requirió mi comparecencia para que valorara la ejecución de la Ley 5/1995 de protección de los animales utilizados para la experimentación y otras finalidades científicas. En el presente artículo detallo algunos de los temas expuestos en dicha comparecencia parlamentaria.

Palabras clave

Experimentación; Animales; CEA; Ley Catalana.


Resum

Durant gairebé cinc anys i fins el 2008 he estat la representant de les entitats defensores dels animals de Catalunya en la Comissió d'Experimentació Animal de la Generalitat (CEA) formada per vuit persones, set de les quals representen a l’administració i al col·lectiu experimentador i només una al sector proteccionista.

En la primera reunió de la CEA a la qual jo vaig assistir, se’m va advertir de què no sol les dades relatives a l’experimentació eren confidencials sinó que -segons consta en acta- també ho era "el conjunt de les discussions". En cas contrari que m’atengués a les conseqüències. Segons això ni tan sols no podia informar el col·lectiu que representava de les meves pròpies propostes, preguntes, queixes o comentaris.

Aquest advertiment, que es va mantenir fins al final, no va evitar que denunciés les irregularitats de la Comissió, els incompliments de la llei i la més absoluta falta de transparència amb què es realitzen aquestes pràctiques.

Aquestes denúncies, una vegada esgotades les vies ordinàries amb el Departament de Medi Ambient i la presidència de la Generalitat, es van canalitzar a través d’articles, preguntes parlamentàries, queixes al Síndic de Greuges, comunicats de premsa i actes informatius, com l'organitzat en el Col·legi de Periodistes de Catalunya el 4 d’octubre del 2007, sota el títol: L’experimentació amb animals a Catalunya. El dret a l'informació i a la llibertat d’expressió".

Finalment, el 28 de maig del 2008, el Parlament de Catalunya va requerir la meva compareixença perquè valorés l’execució de la Llei 5/1995 de protecció dels animals utilitzats per a l’experimentació i altres finalitats científiques. En l’ article detallo alguns dels temes exposats en aquesta compareixença parlamentaria.

Key words

Experimentació; Animals; CEA; Ley Catalana.


La creación de la CEA según la Ley 5/1992 de 21 de junio.

A diferencia de la Ley de Protección de los Animales de 1988 que fue recibida en Catalunya con general satisfacción, la llamada “ley de experimentación” del 1992 convenció a pocos, incluidos los parlamentarios que la aprobaron, según sus propias declaraciones a la prensa a la salida del hemiciclo. Se reconocía ya entonces, que más que una ley de protección de los animales, era una ley que regulaba la experimentación.

Aún así, la ley incluía intenciones proteccionistas, como que “Esta ley se inspira en el principio de la prohibición de estas prácticas siempre que haya un método alternativo” o “el compromiso que adopta la Generalitat de impulsar la investigación y el desarrollado de técnicas alternativas”. E incluso había artículos con parecidas intenciones, pero que quedaban invalidados por las numerosas excepcionalidades que les seguían.

Quizá los parlamentarios, conscientes de la dificultad de su aplicación debido a tal dicotomía, introducían un término que nos pareció importante y que decía “el carácter innovador de esta norma de rango legal se hace patente en el establecimiento de medidas específicas destinadas a garantizar el cumplimento de las obligaciones que impone”. Y una de estas medidas, solicitada por la Federación de Entidades pro Derechos de los Animales y la Naturaleza (FEDAN), fue la creación de la CEA, una comisión cuyo objetivo, además de asesorar –y como muy bien dice textualmente en su artículo 20.1.– era el de “hacer el seguimiento de lo que determina esta Ley”, como también indicaba que en su composición tenían que estar representados “los diferentes sectores relacionados con la protección de los animales”.

Pero el reglamento, que en algunos puntos llega incluso a contradecir la ley, dispuso que en esta comisión de ocho hubiera un solo representante de las entidades protectoras; desequilibrio que, en la práctica, lo convierte en un invitado de piedra al que, además, se le exige la confidencialidad más absoluta.

Y por lo que respecta a la función primordial de la CEA, antes y mientras yo formé parte de ella, nunca hizo ningún tipo de seguimiento de la ley ni sus miembros consideraron que tuviera que hacerla, según consta en acta. Como también consta que la CEA desconocía que presupuesto asignaba el Departament de Medi Ambient a la Comisión para desarrollar sus funciones, ni creía oportuno solicitar esta información.

Tampoco la CEA conocía el presupuesto que destinaba el Departament de Medi Ambient para hacer inspecciones, controles ni vigilancias. Ni sabía cuantos había realizado y a que centros. Por supuesto, tampoco estimaba necesario consultar estos datos.

Cuando en las reuniones solicitaba a la CEA información relativa a la aplicación de la ley, la respuesta que se me daba –y que consta en las actas– era que “La CEA no dispone de esta información y la pedirá a Medi Ambient, cuando lo estime necesario la mayoría de sus miembros”. Y puesto que la mayoría no lo estimaba nunca necesario, se me negaba como miembro de la CEA mi deber y derecho de ejercer el seguimiento de la aplicación de la ley, tal como ésta determina. A mi entender, una fragante vulneración que el Departament de Medi Ambient intentó justificar ante el Síndic de Greuges diciendo que posiblemente era “una mala interpretación de la misma”.

El 70% de experimentos no pasan por la CEA

Durante los años que fui miembro de la CEA, las únicas funciones de la Comisión que me constan son las reuniones periódicas para evaluar los experimentos considerados “excepcionales”. Estos experimentos representan tan solo el 30% de los que se realizan en Catalunya, o, al menos, de los que se notifican a la Generalitat. El 70% restante no pasan por la CEA. O bien los aprueban directamente los Comités Éticos de los centros (que según el reglamento pueden estar formados por tres personas de la misma empresa que hace el experimento), o no los controla nadie, puesto que la Generalitat puede eximir de crear estos Comités “en atención a la organización, capacidad y estructura de los centros que lo soliciten”.

Cuantos centros y laboratorios están exentos de tener Comités Éticos es una de las muchas informaciones que el gobierno nunca nos ha proporcionado. Pero si que, ante nuestras críticas por la falta de transparencia, presupuesto, controles y seguimiento, el representante de la Generalitat en la CEA nos pidió un voto de confianza por la credibilidad de los Comités Éticos “hasta que no se demuestre lo contrario”. Es decir, hasta que se pudiera demostrar alguna irregularidad en una actividad que se desarrolla a puerta cerrada y con la más absoluta opacidad.

Este 30% de excepcionalidades que requieren autorización expresa por parte de la CEA vienen determinadas en el artículo 34 del decreto 214/1997 de 30 de julio, por el que se regula la utilización de animales para la experimentación y otras finalidades científicas. Algunas tan subjetivas como que, dependiendo de la sensibilidad del experimentador, éste considere que el animal puede sufrir algo más de lo normal. En este caso, la CEA es quien decide, puesto que su pronunciamiento es vinculante.

Evaluación de los experimentos por parte de la CEA

En el 2007, basándome en las solicitudes que habíamos recibido en los últimos meses, elaboré un informe estadístico que presenté en la reunión de junio. De 241 experimentos –y por supuesto con mi voto negativo– la CEA había aprobado 233 (el 97%) en la primera evaluación y los que habían quedado pendientes se aprobaron una vez presentados los datos que faltaban.

Consta en cada una de las actas mi manifestación de que la CEA no podía garantizar que los experimentos que autorizaba se realizaban tal como ella misma aprobaba, ni tampoco que no fueran repetitivos, ni reiterativos, ni que no hubiera métodos alternativos. De hecho, bastaba una cruz en el NO de la casilla correspondiente con que el solicitante marcaba el protocolo. Y cierta lógica tenía si nos atenemos a la consideración que en forma de pregunta hizo un miembro de la Comisión: “¿pero quién puede saber más que el propio responsable del experimento si lo que presenta es repetitivo, reiterativo o si tiene alternativas? Con tal razonamiento entendíamos que poco podían decir ni la CEA ni los Comités Éticos sobre el mismo.

En una de las reuniones se evaluó un experimento catalogado como “Procedimiento educativo”. Era el típico experimento que ya aparecía en los manuales de psicobiología en mi época universitaria. Consistía en someter a un grupo de ratas a situaciones límite para ver los efectos del ejercicio físico: se les aplicaba descargas eléctricas, se les forzaba a nadar hasta el agotamiento en un recipiente de cristal, se les provocaban tensiones, pánico, depresiones… hasta que entraban en un estado sicótico.

Ante mi oposición a que la CEA lo aprobara se me impuso la condición de que en el término de cinco días presentara un experimento publicado exactamente igual en metodología y objetivos. Reto imposible si –aparte del poco tiempo– tenemos en cuenta que el propio experimentador reconocía que los anteriores autores habían obtenido buenos resultados con él mismo procedimiento privando de agua al animal durante 48 horas, y lo que el proponía era prolongar este periodo hasta las 72 horas. Por tanto ya era distinto y, por supuesto, también se aprobó.

Las reuniones de la CEA acostumbraban a ser mensuales, con algún periodo no justificado de inactividad. No obstante, a partir de septiembre del 2007, coincidiendo con el acto organizado en el Colegio de Periodistas de Catalunya en el que denuncié públicamente la situación de la experimentación en nuestro país, no se me volvió a convocar a las reuniones. Sobre este hecho, que cité en mi comparecencia parlamentaria meses mas tarde, el diputado convergente señor Ramon Espadaler comentó –como consta en el diario de sesiones– que no creía que, durante tanto tiempo, “el país hubiera dejado de experimentar con animales” y que, en todo caso, se comprometía a pedir explicaciones al gobierno. Este las dio meses mas tarde justificando que por diversos motivos no se habían convocado reuniones de la CEA. Y si éste es el caso, considerando que el reglamento da a la Comisión un mes de plazo para emitir sus informes vinculantes, nos preguntamos quien autorizó durante este tiempo los experimentos.

Falta de transparencia

Todo lo que se refiere a la investigación con animales en Catalunya es confidencial y se desarrolla en la más estricta opacidad. Entendemos que sea ésta la posición que adopta el colectivo experimentador para proteger sus intereses, pero no que el gobierno se posicione en la misma línea y la prime por encima del derecho fundamental de los ciudadanos a la información.

Nos guste o no, la experimentación con animales es una actividad legal y regulada, ¿Por qué, pues, este interés en ocultar información que en otros ámbitos es pública y evidente? ¿Por qué no podemos saber, por ejemplo, cuantos centros hay en Catalunya que experimentan con animales, o la procedencia de los primates que llegan a los laboratorios o el número de experimentos que se han realizado sin pasar por la CEA?

Y en cuanto a los profesionales de este sector ¿por qué este afán de ampararse en la confidencialidad y en la preservación de datos personales? ¿O es que no conocemos el nombre de médicos, jueces, periodistas o toreros, como son y en que lugar trabajan, en que juzgado actúan o en que ruedo torean? Me argumentaron en la CEA que era para evitar acciones activistas y yo les respondí –siguiendo con el símil de los toreros– que ellos también se exponen a manifestaciones a la entrada de la plaza, abucheos y otro tipo de actos de rechazo y que si alguno de ellos roza el hecho delictivo, para esto están los tribunales.

En la CEA, esta preocupación por la confidencialidad, tanto por parte de quien representa al gobierno como de los demás miembros, llega a extremos impensables:

Es el Departament de Medi Ambient quien recibe la documentación de los experimentos para evaluar y es alguien de este departamento quien se encarga de tachar cuantos datos considera que hay que ocultar a los propios miembros de la CEA. Ignoro en que momento se acordó este extremo. Lo cierto es que todos lo consideran apropiado y conveniente. Ellos, que son los que tienen que evaluar los procedimientos, prefieren no saber que centro lo presenta, ni que personas intervienen, ni quien lo dirige, ni quienes forman los Comités Éticos, ni tan siguiera si el experimentador o los cuidadores de los animales tienen estudios, titulo y/o autorización para realizar esta actividad, tal como demuestran los documentos que se presentaron al Síndic de Greuges y al Parlament. Es lo que una revista titulaba “la censura del típex” refiriéndose a esta ocultación de información expresada en uno de mis artículos.

Y aquí otro ejemplo denunciado por falta de transparencia e irregularidades: La ley, en su artículo 19, obliga a la Generalitat a hacer públicos anualmente los datos estadísticos de los animales utilizados para la experimentación. Es la información que el gobierno ha de remitir a las autoridades del estado y éstas a la Comunidad Europea para confeccionar las estadísticas.

Aún así, fueron necesarias mas de 30 peticiones formales por escrito a los presidentes de la CEA, a directores generales, a consejeros, a parlamentarios, al President de la Generalitat y dos Síndics de Greuges. Ni, a petición nuestra, los mismos parlamentarios lo consiguieron en el 2003 con la presentación de una proposición no de Ley y varias preguntas al entonces Conseller de Medi Ambient. Su respuesta fue que estos datos estadísticos ya se enviaban a Madrid. Y siguió sin darlos.

No fue hasta la intervención del actual Síndic de Greuges a instancias de la queja que le presentamos, que la Generalitat hizo públicas las estadísticas correspondientes al periodo 2002 al 2007. Faltaban –y faltan– los años anteriores.

En el informe que el Departament de Medi Ambient remitió el 23 de febrero del 2008 al Síndic de Greuges justificando el motivo por el cual no podía presentar estos datos estadísticos, reconocía que se debía a que los centros habían incumplido total o parcialmente su deber de notificación de procedimientos, especies y números de animales utilizados, bien no presentándolos o bien excluyendo datos. Y que, por tanto, la información de que disponían no se podía considerar como estadísticas fiables. Por consiguiente, no consideraban oportuno publicarlas.

Lo que más nos sorprendió de este informe, extenso y complejo, solo para concluir que no tenían datos, fueron las reiteradas referencias a una normativa comunitaria que habla de recopilar datos estadísticos “en la medida de lo posible”, como demostrando la generosidad del gobierno catalán al publicarlas basándose en la legislación catalana que le obliga. Aún así, se le recordaba al Síndic que la ley de experimentación califica el no proporcionar los datos estadísticos a la Generalitat como falta leve ( Art. 17.1) y que prescribe a los seis meses.

Se multiplica la experimentación con animales en Catalunya

En medio del panorama descrito, lo más grave es el alarmante incremento, año tras año, de experimentos con animales en Catalunya.

En un estudio comparativo a partir de los datos publicados por la Generalitat entre los años 2002 y 2007 la experimentación en Catalunya aumentó un 388%. De 77.754 animales utilizados en el año 2002 se pasó a 215.739 en el año 2007. Una cifra alarmante y sin precedentes.

Mientras que en el 2002 se utilizaron en Catalunya 48 primates para la experimentación, en el 2007 se utilizaron 234, cuando en el conjunto de las demás comunidades fueron 65, lo que representa el 78,3% de todo el Estado.

Según fuentes oficiales se trata de cercopitecos que proceden de establecimientos de cría o suministradores “registrados en el país informador", y puesto que sabemos que es Catalunya, deducimos que provienen de su famoso centro distribuidor internacional de Camarles (Tarragona). A todos se les ha utilizado para evaluar productos, sustancias o instrumentos de medicina, odontología y veterinaria, según figura en los datos presentados. Una constatación más de que nuestro país, que en su día fue pionero en materia de protección animal, presenta en este ámbito una tendencia opuesta a la europea. Cabe recordar que Austria prohibió este tipo de investigación en el 2006 y que 400 eurodiputados pidieron a la Comisión europea un calendario para acabar con la utilización de primates en la experimentación científica.

Epílogo

Por su intervención en la queja contra la CEA, el Síndic de Greuges de Catalunya recibió el PREMI SEGLE XXI-2009 que otorga la Federación de Entidades pro Derechos de los Animales y la Naturaleza (FEDAN) a las instituciones/administraciones que más se han destacado por su actuación a favor de los animales.

Los representantes de todos los grupos parlamentarios presentes en mi comparecencia al Parlament mostraron su preocupación por la falta de transparencia del gobierno y demás temas expuestos, y expresaron su compromiso de llevar a cabo iniciativas para conseguir un óptimo cumplimiento de la ley. Estamos a la espera.

La Generalitat sigue incurriendo en la irregularidad tantas veces denunciada: la no publicación de los datos estadísticos sobre los animales utilizados para la experimentación. En el momento de cerrar este artículo, los últimos que aparecen publicados en la web del Departament de Medi Ambient continúan siendo los del 2007. Desde entonces nada sabemos de la experimentación con animales en Catalunya. El secretismo con que se realizan estas prácticas sigue prevaleciendo sobre el derecho de los ciudadanos a la información.

Barcelona 23 de marzo del 2010