El ambivalente significado, por ejemplo, de la pertenencia a una coalición no supone única y exclusivamente un problema de definición, sino que posee también implicaciones para las distintas teorías (Lijphart, 1981: 396). El debate se sitúa así en la polisémica utilización del concepto, desde el momento en que no todos los estudiosos entienden lo mismo por coalición gubernamental, ni tampoco por coalición política, hasta llegar, en algunos casos, a hacer equivaler ambos conceptos (Browne, 1971; Browne y Dreijmanis, 1982; Taylor y Laver, 1973 o Dodd, 1976).
Dependiendo así de la corriente teórica en la que se adscriba el estudio, constataremos que la definición de coalición política empleada variará. De este modo, las teorías formales centran su interés en las coaliciones gubernamentales de nivel estatal (Laver, Rallings y Thrasher, 1987: 501) y, sobre todo, en la negociación sobre el poder político expresado en el reparto de los ministerios o a lo sumo en la distancia ideológica entre los actores como elementos clave en la formación de las coaliciones. Desde esta óptica, el hecho de llegar a ser miembro de un gabinete ostentando la titularidad de una cartera ministerial es el único criterio que cuenta para considerar a un partido político como actor dentro de una coalición política y, en definitiva, como objeto de sus postulados teóricos, puesto que desde las teorías formales apoyar al partido del gobierno sin formar parte del mismo no requiere ninguna negociación que afecte a esa distribución de los ministerios. Ello supone, además, que sólo se tenga en cuenta aquellas coaliciones gubernamentales ganadoras: aquellas que cuentan con el apoyo de la mayoría absoluta, sin contemplar la posibilidad de la existencia de gobiernos minoritarios de coalición o unipartidistas (Matas, 2000: 11-12; Robles, 2000: 26-35).
Por otro lado, la mayoría de las teorías multidimensionales engloban también dentro del concepto coalición política a aquellas coaliciones que se pueden producir fuera del ejecutivo. Por lo tanto, no sólo estudian las coaliciones gubernamentales sino que también toman en consideración otro tipo de coaliciones políticas como, por ejemplo, las parlamentarias. La justificación a esta ampliación en el objeto de estudio la ofrece Geoffrey Pridham quien, a partir del caso italiano, argumenta que si sólo se tienen en cuenta las coaliciones gubernamentales difícilmente se puede percibir una realidad política como es la italiana, basada en muchas ocasiones en coaliciones "informales" o parlamentarias, esto es, en el apoyo de los partidos que, sin entrar a formar parte del ejecutivo, lo apoyan de variadas formas (Pridham, 1986: 203 y ss.).
Es por todo ello que, en una primera aproximación al problema, podemos diferenciar entre coaliciones electorales, coaliciones parlamentarias y coaliciones gubernamentales o gobiernos de coalición (Duverger, 1981: 356). La ausencia de dicha diferenciación ha lastrado gran parte de las predicciones teóricas sobre coaliciones políticas al ofrecer como resultados, más allá de los detalles concretos de cada teoría particular, únicamente coaliciones mayoritarias.
Es el argumento que se encuentra en la crítica formulada por Laver y Schofield y que hacemos nuestra: «in the period of bargaining that leads up to the investiture of a viable government, the period upon which most conventional accounts of coalitional behaviour tend to concentrate, there is no clear distinction between a legislative coalition and a proposed executive coalition. (…) The full impact of this distinction between legislative and executive coalitions has not always been appreciated by coalition theorists. The most obvious consequence of this has been the reverence that has been accorded to legislative majorities in some accounts of the behaviour of coalition executives»(Laver y Schofield, 1991: 67-68).
Podemos asimismo considerar, como punto de partida, la existencia de varias definiciones mínimas de coalición, en las que el denominador común es la constatación de la relación que se establece entre dos o más partidos políticos. En este sentido las coaliciones políticas se han definido como «un acuerdo entre dos o más organizaciones que tienen la voluntad de hacer un número de cosas comunes» (Deschouwer, 1994: 43) así como «I shall speak of a coalition only when two or more political parties form a group» (Bergman, 1995: 29). No obstante, la dificultad por llegar a definiciones mínimas al modo sartoriano da como resultado la necesidad de empezar a matizar el contenido de las coaliciones: «en política una coalición será cualquier pacto a corto o largo plazo en el que participen dos o más partidos o grupos parlamentarios. Las coaliciones temporales se centran típicamente en un problema específico, que al ser resuelto hace que sea superflua la coalición, no importa si haya ganado o perdido. Las coaliciones de larga duración a menudo implican colaboración en la formación del gobierno, pero la duración real de una coalición formal de gobierno está abierta a debate» (Lane y Ersson, 1998: 203).
Contamos así con una
base conceptual según la cual debemos entender como coalición
política la dinámica de colaboración que se establece
entre dos o más partidos políticos, bien sea ésta
temporal o permanente, a fin de obtener algunos resultados. Esta conceptualización
mínima implica la posibilidad de realizar múltiples tipologías,
atendiendo a diversos criterios como el tamaño de los partidos coaligados,
su caracterización ideológica o el momento en que se coaligan.
No obstante, el criterio más apropiado para la comprensión
de las distintas acepciones que caracterizan al fenómeno coalicional
es el que toma en consideración la arena política en la que
se desarrolla la colaboración entre los partidos políticos.
Así, los partidos políticos pueden llegar a acuerdos de colaboración
en tres diferentes, pero interrelacionadas, arenas políticas: la
arena electoral, la arena parlamentaria y la arena ejecutiva.
.- Bergman, Torbjörn
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