LA REUNION CUMBRE DE ASUNCION

¿hacia donde va el Mercosur?



Serie Mercosur Nº21, publicada el 12 de agosto de 2003.


      Esta Nota Informativa ha sido elaborada por:

   Roberto Bouzas (Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales de Buenos Aires)  y
   Pedro da Motta Veiga
(consultor y ex-director de la Fundación de Estudios de Comercio
   Exterior de Brasil).

 

LA REUNION CUMBRE DE ASUNCION: ¿ADONDE VA EL MERCOSUR?

 

A mediados del mes de junio se realizó en Asunción la XXIV Reunión ordinaria del Consejo del Mercado Común y la cumbre de Presidentes del MERCOSUR. En la reunión cumbre participaron también los presidentes de Bolivia y Chile (miembros asociados del MERCOSUR) y Venezuela. Esta reunión cumbre es la primera que se realiza después de la asunción de nuevos gobiernos en la Argentina y Brasil. El encuentro no produjo novedades de importancia, con excepción de la convocatoria a una reunión extraordinaria de presidentes en un plazo de 60 días cuyo objetivo sería el de evaluar instrumentos concretos para la implementación de decisiones. A menos que el MERCOSUR produzca definiciones concretas en los próximos meses, el mantenimiento del status quo consolidará la creciente irrelevancia del proceso de integración y generará obstáculos cada vez mayores para participar con una postura unificada y eficaz en las otras negociaciones en curso, ya sea en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas o con la Unión Europea.

 

                 Los nuevos gobiernos de la Argentina y de Brasil han insistido en la prioridad que le asignan al MERCOSUR, pero aún no se advierte un núcleo de coincidencias prácticas que permitan resolver los principales dilemas del proceso de integración y restaurar su dinamismo. De hecho, en la reunión cumbre del mes de junio se volvió a extender el plazo para la resolución de muchos de los temas pendientes acordados en la llamada “Agenda de Relanzamiento” del año 2000 y se presentaron nuevas y ambiciosas propuestas por parte de los gobiernos de la Argentina y Brasil. Mientras que la Argentina presentó formalmente la propuesta de creación de un Instituto de Cooperación Monetaria del MERCOSUR, el gobierno brasileño presentó un programa para la consolidación de la unión aduanera y el lanzamiento del mercado común denominado “Objetivo 2006”.

 

Los resultados de la reunión cumbre del MERCOSUR

 

La XXIV Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común (CMC) aprobó diez decisiones, muchas de las cuales están dirigidas a autorizar medidas excepcionales o a prorrogar los plazos vigentes para resolver problemas pendientes. En este sentido, y como puede verse en la Tabla 1, la reunión del pasado mes de junio no registró prácticamente ningún  progreso en lo que toca a los temas pendientes sobre comercio intra-zona o a la agenda de consolidación de la unión aduanera. En particular, la Decisión 10/03 extiende los plazos vigentes para los trabajos sobre defensa comercial intra y extrazona, arancel externo común, zonas francas e incentivos que se arrastran sin progreso desde el año 2000. Asimismo, establece un nuevo plazo para la conclusión de las negociaciones para un Acuerdo de Compras Gubernamentales e instruye a concluir la IV Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en Servicios. El acuerdo sobre compras gubernamentales se encuentra en proceso de negociación desde fines de la década pasada, pero la urgencia por llegar a un acuerdo se ha incrementado como consecuencia de las negociaciones que el MERCOSUR desarrolla en el ALCA y con la Unión Europea. La IV Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en Servicios, por su parte, se encuentra demorada. No obstante, el Protocolo sobre Comercio de Servicios acordado en 1997 y los resultados de las tres ruedas de negociación ya concluidas aún no se encuentran vigentes porque el acuerdo aún no ha recibido ratificación legislativas de las partes.

 

Tabla 1

Decisiones aprobadas en la XXIV Reunión Ordinaria del CMC

 

Dec CMC 1/03

Faculta a la Argentina a exceptuar del pago del AEC a los concentrados de bebidas no-alcohólicas provenientes de la Zona Franca de Colonia. Hace lo propio con Uruguay para un cupo de u$s20 millones de productos provenientes del Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

Dec CMC 2/03

Faculta a la Argentina a aplicar hasta el 31 de diciembre de 2003 un arancel de 0% para las importaciones de bienes de capital incluidas en el Anexo V del Decreto 690/02. Autoriza a Paraguay y Uruguay a aplicar hasta el 31 de diciembre de 2003 un arancel 0% para bienes de capital de extrazona.

Dec CMC 3/03

Establece un sistema para la incorporación como norma MERCOSUR, a pedido de un Estado parte y previo análisis, de dictámenes de clasificación arancelaria emitidos por otro Estado parte.

Dec CMC 4/03

Aprueba la apertura de las Notas Reversales y del Scope of Work JICA-MERCOSUR para un “Estudio sobre el mejoramiento de la tecnología en envase y embalaje para la distribución de mercaderías en el MERCOSUR”, y delega esta labor en el Grupo Mercado Común.

Dec CMC 5/03

Se aprueban cinco acuerdos emanados de la XXIII Reunión de Ministros del Interior de MERCOSUR. Cuatro de ellos aprueban un conjunto de acciones operativas y de coordinación entre fuerzas de seguridad y/o policiales a fin de prevenir y combatir: a) el contrabando y tráfico ilícito de productos derivados del tabaco; b) el robo de mercaderías en tránsito; c) la piratería y d) el tráfico ilegal de ganado e implementos agrícolas. El quinto acuerdo encomienda a un foro dependiente la instrumentación de una red de comunicaciones entre las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales en las zonas de frontera.

Dec CMC 6/03

Se aprueban cuatro acuerdos emanados de la XXIII Reunión de Ministros del Interior de MERCOSUR, Bolivia y Chile. Tres de ellos corresponden a los apartados a), b) y c) de la Dec CMC 5/03. El cuarto encomienda a un foro dependiente la instrumentación de una red de comunicaciones entre las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales en las zonas de frontera.

Dec CMC 7/03

Instruye al GMC para que elabore un análisis sobre la aplicación directa en los ordenamientos jurídicos nacionales de la normativa MERCOSUR que no requiera tratamiento legislativo en los Estados Partes.

Dec CMC 8/03

Apunta a ordenar la situación de las normas que han sido derogadas por otras sin haber entrado en vigencia previamente.

Dec CMC 9/03

Autoriza la suscripción de un Acuerdo Marco MERCOSUR-India a fin de crear un Acuerdo de Preferencias Fijas.

Dec CMC 10/03

Prorroga los mandatos de trabajo vinculados con la defensa comercial extrazona e intrazona, el Grupo de Alto Nivel sobre el Arancel Externo Común, las zonas francas y los incentivos hasta el 30 de noviembre de 2004; instruye a concluir la IV Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en Servicios y la negociación del Acuerdo de Compras Gubernamentales hasta el 30 de noviembre de 2003; instruye al GMC a elevar una propuesta de revisión de las Decisiones que reglamentan la Política Automotriz del MERCOSUR antes del 30 de noviembre del 2003, considerando las asimetrías existentes entre los países de la región.

 

 

                La Dec CMC 7/03 hace referencia a un problema de larga data en el MERCOSUR, cuál es el de la falta de incorporación de la normativa decidida por los órganos colectivos. En efecto, el MERCOSUR revela una muy baja tasa de incorporación de la normativa conjunta, ya sea que ésta requiera o no tratamiento legislativo. La formación de un grupo que examine mecanismos para hacer más expedita la internacionalización de normas que no requieren aprobación legislativa había contado con la oposición de los gobiernos de Brasil y Uruguay bajo el argumento de que existían impedimentos constitucionales. La autorización para el estudio del tema no tiene efectos prácticos. En el mismo campo institucional, la Dec CMC 08/03 tiene como objetivo ordenar la situación normativa del MERCOSUR, en donde existen múltiples normas derogadas por otras más recientes que ni siquiera han entrado en vigencia. La puesta en marcha de un mecanismo que permita clarificar el panorama contribuiría a hacer más transparente el acervo normativo del MERCOSUR, que se caracteriza simultáneamente por la abundancia y la inoperancia de normas.

En este sentido, vale la pena recordar que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias aprobado en el año 2001 y que crea un Tribunal Permanente de Revisión aún no se encuentra vigente, ya que está pendiente la ratificación legislativa de Brasil. Por otra parte, el SGT Nro 2 “Aspectos Institucionales” tampoco ha concluido la reglamentación del Protocolo a efectos de hacerlo operativo cuando entre en vigencia.

 

 

La agenda pendiente de la unión aduanera

 

Como puede observarse en la Tabla 2, la mayor parte de las cuestiones identificadas en la llamada Agenda de Relanzamiento acordada en el año 2000 relativas a la implementación de la unión aduanera aún se encuentra pendiente. Si bien la propuesta del gobierno brasileño “Objetivo 2006” incluye muchos de estos tópicos, en la práctica amplía el número de temas y genera nuevas dudas sobre la capacidad y decisión de jerarquizar los distintos problemas de política que enfrenta el MERCOSUR. La propuesta de la Argentina para la creación de un Instituto Monetario del MERCOSUR, por su parte, extiende la agenda hacia temas no cubiertos con ocasión del “Relanzamiento”.

En la práctica, la implementación efectiva de la Agenda de Relanzamiento enfrentó tres problemas principales. El primero fue el carácter ambicioso de sus objetivos, tanto en términos de sus contenidos como de plazos. Esto tuvo como correlato una ausencia de jerarquía entre los distintos temas, y la consiguiente dificultad para identificar prioridades y asignar recursos de negociación.

El segundo problema práctico de la Agenda de Relanzamiento fue el contexto político en el que ésta se dio. En efecto, en el año 2000 la relación entre las partes se caracterizaba por un largo período de deterioro político del vínculo y de bajo nivel de compromiso recíproco. En este contexto, existía un fuerte deterioro del espíritu comunitario que no fue explícitamente encarado por el nuevo gobierno argentino que asumió en diciembre de 1999. En un contexto de deterioro de la calidad del vínculo asociativo, el lanzamiento de una agenda de negociaciones demandante sin un adecuado acompañamiento político constituyó una receta prácticamente condenada al fracaso.

El tercer problema, finalmente, fue el contexto económico y político interno que acompañó el período de implementación de la Agenda de Relanzamiento. En efecto, desde el año 2000 la economía brasileña ha estado sumida en un proceso de estancamiento o recesión, en tanto que la Argentina -y enseguida Uruguay- ingresaron a fines del año 2001 en una etapa de profunda crisis económica de la cual apenas comienzan a recuperarse. Por otra parte, el colapso del gobierno de Fernando de la Rúa y la asunción de un gobierno interno encabezado por Eduardo Duhalde en Argentina en enero de 2002 debilitaron la capacidad de interlocución e iniciativa de los dos principales socios del MERCOSUR. En estas precarias condiciones políticas y económicas resultaba muy difícil que los gobiernos nacionales pudieran dedicar las energías y tomar las decisiones demandadas por temas tan amplios y ambiciosos como los definidos por la Agenda del Relanzamiento.


 

TABLA 2

LA AGENDA DE LA UNION ADUANERA DESDE EL “RELANZAMIENTO” DEL MERCOSUR

 

Medidas

Junio y diciembre 2000

Junio de 2001

Diciembre de 2001

Junio de 2002

Diciembre de 2002

Junio de 2003

Situaciones o medidas de carácter tributario, financiero, fiscal, aduanero, administrativo o de cualquier otra naturaleza que limiten el acceso a los mercados a los socios del MERCOSUR.

Las Dec 22/00 y 57/00 definen, respectivamente, los plazos del 15/11/00 y 30/06/01 para la identificación de las medidas y acciones a ser tomadas. Las medidas no justificadas por el Art. 50 del Tratado de Montevideo (ALADI) relativas a la protección de la saluda deberán ser informadas al GMC hasta el 31/05/01.

 

La Dec 07/01 prevé la continuación de los trabajos. Antes del 15/11/01 el Comité de Salud Animal y Vegetal y el Comité de Directores de Aduanas deberán proponer al GMC cursos de acción para aquellas medidas identificadas en el marco de la Dec 22/00 en sus áreas de competencia sobre las que aún no existe consenso.

Prorroga hasta el 30/11/01 el plazo para que la CCM concluya las siguientes actividades: a) propuesta de reglamentación de medidas adoptadas al amparo del Art. 50 del TM; y b) elaboración de disciplinas relativas a los procedimientos administrativos de comercio exterior de los países miembros que se someterán a la consideración del CMC en diciembre de 2001.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 31/05/02 el plazo para que el GMC eleve al CMC las siguientes propuestas: a) propuesta de reglamentación de medidas adoptadas al amparo del Art. 50 del TM; y b) elaboración de disciplinas relativas a los procedimientos administrativos de comercio exterior adoptados por los Estados parte.

La Dec 06/02 prorroga hasta el 20/11/02 el plazo para que el GMC eleve al CMC las siguientes propuestas: a) propuesta de reglamentación de medidas adoptadas al amparo del Art. 50 del TM; y b) elaboración de disciplinas relativas a los procedimientos administrativos de comercio exterior adoptados por los Estados parte.

La XLVIII Reunión del GMC (27 y 28/11/02) informa que no ha sido posible elaborar propuestas y decide presentar al CMC un pedido de prórroga del plazo hasta el 15/06/03, a pesar de la manifestación de la Argentina sobre la conveniencia de considerar la suspensión del tratamiento del tema.

La XXIII reunión del CMC recomendó al GMC que continúe los trabajos sobre ambos temas.

La LXI Reunión de la CCM (08 y 09/05/03) y la LXII Reunión (05 y 06/06/03) tratan el tema. Existe un documento con propuestas sobre el que se seguirá trabajando.

Sistema de Solución de Controversias del MERCOSUR.

La Dec 25/00 establece un plazo hasta el 10/12/00 para la elaboración de una propuesta sobre el perfeccionamiento del Sistema de Solución de Controversias por parte del Grupo Ad Hoc sobre Asuntos Institucionales. La Dec 65/00 crea un Grupo de Alto Nivel para formular la propuesta y extiende el plazo hasta junio de 2001.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 30/11/01 el plazo para que el grupo presente su propuesta.

La reunión cumbre del MERCOSUR de 02/02 aprueba el Protocolo de Olivos, que crea un Tribunal Permanente de Revisión como instancia de apelación de los laudos arbitrales emitidos por los Tribunales Arbitrales Ad Hoc. El Protocolo debe ser ratificado por los Parlamentos.

 

La Dec 18/02 reglamenta el Anexo al Protocolo de Ouro Preto “Procedimiento General para Reclamaciones ante la CCM”

 

Doble tributación del AEC.

La Dec 27/00 da inicio al tratamiento del tema de la doble tributación del AEC y de la distribución de la renta aduanera. Encarga a la CCM  la preparación de un informe preliminar que debe ser presentado al GMC hasta el 31/12/02.

 

 

En la LVI reunión de la CCM (05/06/02) la Argentina presentó dos documentos informativos. En la reunión LVII (21/08/02) se informa la existencia de acuerdo entre Argentina, Brasil y Uruguay para el informe a ser elaborado sobre tránsito aduanero. Paraguay presentará sus comentarios aparte.

En la LIX reunión del CCM (25 y 26/11/02) se decide que Brasil presentará un documento informativo para el informe sobre las discusiones relativas al tema, en base al documento presentado por la Argentina. Paraguay sostiene que el tema debe tratarse después de definir los aspectos prioritarios relacionados con la libre circulación de los bienes.

Paraguay reitera su posición en la LXI reunión de la CCM (08 y 09/05/03) y vuelve a hacerlo en la LXII reunión (05 y 06/06/03).

Consistencia y dispersión del AEC.

En las decisiones relativas al Relanzamiento no hay referencias al examen de la consistencia y dispersión del AEC. La Dec 27/00 solo señala que aquellos Estados que consideren conveniente la revisión de algún aspecto del AEC, incluyendo los bienes de capital producidos en la región, deberán presentar sus propuestas hasta el 30/09/00

La Dec 05/01 determina la creación de un Grupo de Alto Nivel para examinar la consistencia y dispersión del AEC. También debe presentar al GMC una evaluación de la eventual reducción de los niveles de protección y dispersión arancelaria en las cadenas de bienes de capital, informática y telecomunicaciones (producidos o no en el MERCOSUR), antes del 30/11/02.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 30/06/02 el plazo para elevar propuestas al GMC.

La Dec. 06/02 prorroga hasta el 10/06/03 el plazo para elevar propuestas al GMC.

 

La Dec 10/03 prorroga hasta el 30/11/04 el plazo para que el Grupo de Alto Nivel presente sus propuestas sobre consistencia y dispersión del AEC.

Investigación y aplicación de medidas antidumping y de derechos compensatorios al comercio intrazona.

La Dec 28/00 instruye al GMC a elaborar una propuesta para disciplinar estas medidas hasta el 30/11/00 y para su eliminación gradual hasta el 30/06/01. La Dec 64/00 aprueba un conjunto de disciplinas (Anexo) que deberán aplicarse en las investigaciones sobre derechos antidumping o compensatorios y prorroga el plazo para la presentación de propuestas adicionales hasta el 30/06/01.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 31/12/01 el plazo para la elaboración de propuestas para la eliminación gradual de la aplicación de medidas antidumping y derechos compensatorios al comercio intrazona. El tema debe ser sometido al GMC antes del 31/03/02.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 31/03/02 el plazo para que el GMC presente propuestas de disciplinas adicionales para la aplicación de medidas antidumping o derechos compensatorios en el comercio intrazona para su aprobación por el CMC.

La Dec 16/01 establece que la propuesta para la eliminación gradual sobre la la eliminación gradual de la aplicación de medidas antidumping y derechos compensatorios al comercio intrazona debe someterse a la consideración del GMC antes del 31/05/03.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 31/05/03 el plazo para que el GMC presente propuestas de disciplinas adicionales para la aplicación de medidas antidumping o derechos compensatorios en el comercio intrazona para su aprobación por el CMC.

Las Dec 13/02 y 14/02 adoptan en el ámbito del MERCOSUR los Acuerdos sobre Antidumping y Derechos Compensatorios de la OMC. Si hubiera controversia sobre la aplicación de estos acuerdos en el comercio intrazona, las partes podrán decidir el foro donde dirimir la diferencia. Las medidas adicionales para la aplicación de derechos antidumping y compensatorios que aprueben los Estados parte prevalecerán sobre estas decisiones.

La Dec 22/02 substituye el Anexo de la Dec 64/00 por un documento con el título “Disciplinas para los Procedimientos y Reglas para las Investigaciones Antidumping e sobre Subsidios al Comercio Intrazona”. La Dec debe incorporarse al ACE Num18 de ALADI.

La Dec 10/03 prorroga hasta el 30/11/04 el plazo para el envío al GMC de la propuesta sobre eliminación gradual de la aplicación de medidas antidumping y derechos compensatorios al comercio intrazona.

Reglamento común sobre defensa contra dumping y subsidios en productos de países no miembros del MERCOSUR.

La Dec 28/00 establece que el GMC debe solicitar a la CCM una propuesta de Reglamento Común que tome en cuenta los marcos normativos del MERCOSUR. Estos trabajos deben concluirse el 15/12/00. La Dec 66/00 establece que los aspectos jurídicos e institucionales deben evaluarse antes del 30/06/01 y que la CCM debe presentar los puntos críticos del tema y las propuestas de tratamiento al GMC antes del 15/12/01.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 30/11/01 el plazo para concluir el análisis de los aspectos jurídicos e institucionales de las propuestas de reglamentos comunes. La CCM deberá proseguir su análisis de los puntos críticos y someter una propuesta al GMC antes del 30/06/02.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 31/05/03 el plazo para el análisis de los aspectos jurídicos e institucionales de las propuestas de reglamentos comunes.

 

 

La Dec 10/03 prorroga hasta el 30/11/04 el plazo para el análisis de los aspectos jurídicos e institucionales de las propuestas de reglamentos comunes.

Disciplinas comunes que limiten los incentivos a la producción y a las inversiones que crean distorsiones en la asignación de recursos en la región y que eliminen los incentivos a la exportación intrazona.

La Dec 31/00 instruye al GMC a elaborar una propuesta sobre estos temas para el 31/03/01.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 10/12/01 el plazo establecido por la Dec 31/00. La propuesta deberá someterse al CMC en diciembre de 2001. El GMC deberá concluir el 30/09/01 el inventario de incentivos en vigencia en los Estados parte.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 31/05/03 el plazo establecido por la Dec 31/00. El GMC deberá actualizar hasta el 31/10/02 el inventario de incentivos en vigencia en los Estados parte.

 

 

La Dec 10/03 prorroga hasta el 30/11/04 el plazo establecido por la Dec 31/00.

Normas para la reglamentación de los incentivos derivados de los regímenes aduaneros especiales, incluidos los usados por las Areas Aduaneras Especiales o similares, que beneficien mercaderías destinadas al MERCOSUR.

La Dec 31/00 establece que el GMC deberá analizar propuestas sobre el tema antes del 31/03/01 y establecer orientaciones para la elaboración de estas normas. La Dec 69/00 define algunas normas y el plazo del 30/06/01 para la definición de las condiciones de comercialización en el MERCOSUR de los productos de la Areas Aduaneras Especiales.

La Dec 07/01 prorroga hasta el 10/12/01 el plazo establecido por la Dec 69/00.

La Dec 16/01 prorroga hasta el 31/05/03 el plazo establecido por la Dec 69/00.

 

 

La Dec 10/03 prorroga hasta el 30/12/04 el plazo establecido por la Dec 69/00.

 

Fuente: Confederação Nacional da Indústria (Brasil), Comércio Exterior em Perspectiva, ano 12, núm. 8, www.cni.org.br

 


 

Las propuestas de Argentina y Brasil

 

Las propuestas de los gobiernos de Argentina y Brasil presentadas en la reunión cumbre de junio pasado reflejan adecuadamente las preocupaciones de cada una de las partes. También traducen la dificultad de identificar y acordar una agenda puntual que permita realizar avances incrementales en la larga lista de asuntos pendientes. No obstante, a pesar de su carácter ambicioso ambas propuestas se formulan en un contexto político diferente al del pasado. Tanto el nuevo gobierno argentino como la nueva administración brasileña parecen asignar una alta prioridad al MERCOSUR. Esto puede traducirse en una mayor voluntad política para identificar e implementar una agenda práctica. Las negociaciones externas que el MERCOSUR está desarrollando plantean una exigencia creciente de consistencia para los países del bloque. Pero esa consistencia no podrá alcanzarse si el MERCOSUR no encara con efectividad su vasta agenda de asuntos internos pendientes.

 

 

                Brasil: el programa “Objetivo 2006”

 

La propuesta del gobierno brasileño “Objetivo 2006” procura complementar los temas tradicionales de fortalecimiento de la unión aduanera y establecimiento del mercado común con una agenda más amplia que incluya componentes políticos, sociales, culturales, tecnológicos, educativos e infraestructurales. De esta manera, la propuesta está integrada por cuatro bloques temáticos, a saber:

a)      un Programa Político, Social y Cultural;

b)      un Programa de la Unión Aduanera;

c)      un Programa de Base para el Mercado Común; y

d)       un Programa de la Nueva Integración.

 

El Programa Político, Social y Cultural intenta responder a las críticas que el MERCOSUR ha recibido en el sentido de que ha privilegiado los temas económico-comerciales por sobre aquellos que tienden a vincular más estrechamente a las sociedades. En este sentido, este componente propone dar más preminencia al Foro Consultivo Económico y Social y a la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR. Ambos órganos fueron creados por el Protocolo de Ouro Preto a mediados de la década de los 90s como órganos consultivos. Sin embargo, su papel en el proceso de integración ha sido marginal. En particular, la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR no ha cumplido prácticamente ningún papel positivo en estimular el tratamiento legislativo de la normativa emanada de los órganos de toma de decisiones que requiere el concurso de los Congresos. El Foro Consultivo (en el que participan representantes sindicales, empresariales y de otros sectores de la sociedad) también ha desempeñado un papel esencialmente simbólico y de diseminación de información, más que de agente activo en el proceso de formación de agenda y definición de políticas. El propósito de ampliar la participación de los actores no gubernamentales y del Congreso en el proceso de integración es sin duda loable, pero en un contexto en el que se carece de una visión común y de una agenda concreta para el MERCOSUR puede terminar produciendo pocos resultados. Por el contrario, en un marco de renovado dinamismo para el proceso de integración ambas iniciativas pueden resultar altamente funcionales. Por esta razón, el segundo y tercer componente de la propuesta brasileña parecen esenciales.

            El Programa de la Unión Aduanera, por su parte, agrupa todas las iniciativas pendientes para la consolidación de la unión aduanera y establece como fecha límite la inicialmente prevista para concluir el proceso de convergencia hacia el AEC en todos los productos (el año 2006). La implementación efectiva de la unión aduanera es presentada como un requisito para darle al MERCOSUR un contenido más profundo que el de otras negociaciones en curso en las que participan sus Estados parte, como las negociaciones del ALCA. Además de los temas clásicos de implementación efectiva del AEC (incluyendo el fin de la doble tributación), este capítulo establece la necesidad de arribar a disciplinas comunes sobre incentivos, armonizar los indicadores macroeconómicas, adoptar mecanismos de defensa comercial común y eliminar la aplicación de derechos antidumping y compensatorios al comercio intrazona. A fin de promover una mayor integración productiva el documento propone la utilización de instrumentos como los recientemente creados Foros de Competitividad o iniciativas como el financiamiento del intercambio comercial con fondos del BNDES. A pesar de que es difícil diferir de los propósitos y contenidos del capítulo, su naturaleza exhortativa y la falta de propuestas concretas, así como la ausencia de referencia a temas como el vínculo entre la eliminación de la aplicación de derechos antidumping y compensatorios al comercio intrazona y el tratamiento de las ayudas de estado a través de la legislación de defensa de la competencia, levantan dudas sobre su realismo y eficacia.

            El Programa de Base para el Mercado Común propone cronogramas para la ratificación del Protocolo sobre Comercio de Servicios, conclusión del Acuerdo sobre Compras Gubernamentales y ratificación del Acuerdo sobre Residencia de Nacionales aprobado por los Ministros del Interior durante el año 2002. El Programa también menciona la necesidad de examinar la conveniencia y requisitos para el establecimiento de un mercado regional de capitales.

                El Programa de la Nueva Integración, por último, prevé iniciativas vinculadas a la educación en la región, incluyendo el reconocimiento mutuo de diplomas (no sólo para a los efectos académicos), el desarrollo de programas de cooperación en ciencia y tecnología y en integración productiva, y la integración física.

En síntesis, la propuesta del gobierno de Brasil reafirma una cierta dirección para el proceso de integración subregional, en un contexto en el que la propia naturaleza del mismo ha sido puesta en cuestión por algunos de los miembros. Además, jerarquiza algunos tópicos de la agenda que habían recibido tradicionalmente menos atención (como la participación de la sociedad civil), imprimiéndole el signo del nuevo gobierno. En este sentido, la propuesta brasileña tiene el mérito de plantear una discusión estratégica sobre el perfil futuro del MERCOSUR. Sin embargo, su carácter amplio es también una desventaja, por cuanto coloca una multiplicidad de temas sin jerarquía alguna. En este contexto, será crítico el trabajo que se desarrollo en los próximos meses a fin de dotar a esta agenda de un contenido práctico. La reunión cumbre extraordinaria que se citó para el próximo mes de octubre podrá ser una buena ocasión para evaluar en qué medida el programa “Objetivo 2006” dejará de ser simplemente una lista de buenas intenciones.

 

 

La Argentina: el Instituto de Cooperación Monetaria del MERCOSUR

 

Después de haber mantenido conversaciones bilaterales con el gobierno de Brasil, el gobierno argentino presentó en la reunión cumbre de Asunción una propuesta para la conformación de un Instituto de Cooperación Monetaria del MERCOSUR cuyo objetivo sería el de iniciar el proceso de convergencia macroeconómica. Según las autoridades argentinas el Instituto sería un mecanismo para reforzar la credibilidad del bloque a partir de un sistema de restricciones mutuas que apunten a la consolidación de las situaciones macroeconómicas subyacentes a la solidez de las monedas nacionales. La creación del Instituto podría acompañarse de la emisión inicial y limitada de una moneda común que opere esencialmente como medio de pago para el comercio intra-regional.

            Entretanto se consolida el proceso de convergencia macroeconómica, las autoridades argentinas también han defendido la puesta en marcha de un mecanismo corrector de la volatilidad cambiaria bilateral. El mecanismo operaría en forma automática compensando las variaciones cambiarias excesivas e injustificadas a través de modificaciones en las preferencias arancelarias. Para su aplicación deberían cumplirse simultáneamente una serie de criterios macroeconómicos y sectoriales restrictivos que apuntan a hacer excepcional el uso de este mecanismo. 

            La propuesta argentina refleja las preocupaciones que prevalecen en este país, exacerbadas desde la devaluación del Real en 1999. No obstante, la propuesta deja varios interrogantes abiertos. En primer lugar, en la medida que no prevé la participación de los Bancos Centrales plantea dudas respecto de su efectividad. En segundo lugar, no quedan claras las ventajas del mecanismo corrector de la volatilidad cambiaria bilateral en comparación con un procedimiento de salvaguardas convencional. Finalmente, la focalización en los temas de agenda macroeconómica en un contexto en donde el sentido estratégico del MERCOSUR como proceso de integración aparece cuestionado parecería tener poco sentido práctico.

 

Cuatro falacias corrientes sobre el MERCOSUR

La principal restricción que ha enfrentado el MERCOSUR en los últimos años ha sido la ausencia de un proyecto común que de racionalidad y justifique la inversión de recursos económicos y políticos en el proceso de integración regional. La identificación y construcción de este proyecto común es una tarea de la política que requiere compromiso y liderazgo. En los últimos años ambos atributos han estado ausentes en el MERCOSUR, y especialmente en sus dos mayores socios. Por un lado, el compromiso de los gobiernos ha sido ambiguo y en ocasiones inexistente. Por otro, el déficit de liderazgo pudo percibirse tanto lo instrumental como lo ideológico.

La reconstrucción de ambos requisitos en torno a un proyecto compartido no garantiza que los dilemas que enfrenta el MERCOSUR vayan a resolverse. El proceso de integración regional enfrenta el desafío de vincular más estrechamente economías en desarrollo muy vulnerables, de tamaños desiguales y con una tradición de alta inestabilidad macroeconómica. Esto constituye en sí mismo un gran desafío y nada garantiza el éxito. Pero no hay duda de que resultará imposible avanzar en esa dirección si no se identifican objetivos comunes y complementarios y si no se consolida tanto el compromiso como el liderazgo.    

Un año más tarde, y después de los cambios de gobierno en la Argentina y en Brasil, las condiciones para la concreción de estos requisitos parecen más favorables que en el pasado. En efecto, tanto el gobierno de Luiz Inácio Da Silva en Brasil como el de Néstor Kirchner en la Argentina han expresado que el MERCOSUR constituye un proyecto estratégico para cada uno de sus gobiernos y uno de los ejes principales para la inserción internacional de sus países. Esta manifestación de voluntad satisface la primera condición y abre la puerta para el desafío más difícil: diseñar una agenda práctica que saque al proceso de integración de la parálisis en que se encuentra. Para hacerlo será importante evitar cuatro falacias corrientes sobre el Mercosur. Su predominio distorsiona el debate y oculta las preguntas fundamentales. Son éstas las que deberán responderse si se desea revitalizar el proceso de integración regional.

 

Falacia 1: el Mercosur es una unión aduanera “imperfecta”

 

El concepto de unión aduanera “imperfecta” supone que existe una versión “perfecta”. Pero ¿qué es una unión aduanera “perfecta”? Es fácil construir un tipo ideal, pero no es seguro que el resultado tenga algún sentido práctico. ¿Era la Comunidad Económica Europea una unión aduanera “perfecta” en 1967, cuando terminó de implementarse el arancel externo común? ¿Lo era en 1986, cuando adoptó el Acta del Mercado Único?

La idea de una unión aduanera “imperfecta” es estática y carece de utilidad práctica.  Lo políticamente relevante es determinar en qué medida el proceso de integración regional avanza hacia la creación de un territorio aduanero unificado. Esto implica la adopción de un arancel externo común, un código aduanero común, disciplinas comunes para tratar el comercio “desleal” proveniente de terceros países y la libre circulación de los bienes. Si un proceso de integración se mueve en esa dirección estará en camino de constituir una unión aduanera. Esto no excluirá excepciones transitorias, casos especiales o cronogramas de convergencia

Cualquier examen superficial de la experiencia del MERCOSUR en los últimos años mostrará como el proceso de integración está lejos de caminarse hacia una unión aduanera. El arancel externo común acordado en 1994 ha sido cada vez más perforado (en lugar de reducirse las excepciones se han multiplicado, muchas veces de modo unilateral) y el código aduanero común nunca llegó a implementarse. Tampoco se ha avanzado en materia de disciplinas comunes frente a terceros países y la libre circulación de bienes (ver Tabla 2). Aún más, las negociaciones con terceros países se desarrollan con una mínima infraestructura de coordinación.

En este contexto, calificar al Mercosur una unión aduanera “imperfecta” ayuda poco a entender el estado y la dinámica actuales del proceso de integración. El concepto de unión aduanera “imperfecta” ha servido, en la práctica, para mantener la ficción de que los miembros del Mercosur persiguen una política comercial común, mientras que al mismo tiempo se han alejado de ese objetivo. Ese concepto también se ha convertido en un atajo para no encarar los dilemas políticos de fondo o, al menos, para no plantearlos de manera explícita. La diferencia entre poner el énfasis en la construcción de un territorio aduanero unificado o no hacerlo no se refleja en el “grado de perfección” de la unión aduanera, sino en la brecha que existe entre dos proyectos estratégicamente disímiles.

 

 

Falacia 2: el Mercosur está paralizado por asimetrías constitucionales

 

Con frecuencia se sostiene que las asimetrías constitucionales que existen entre los países del MERCOSUR son un obstáculo insalvable para el progreso del proceso de integración. En efecto, mientras que en Paraguay y la Argentina las constituciones nacionales establecen la supremacía de los tratados internacionales sobre la ley doméstica, en Brasil y Uruguay los efectos de los primeros pueden modificarse como consecuencia de la sanción de leyes nacionales. De acuerdo con esta visión, en tanto no haya una convergencia de principios constitucionales será muy difícil avanzar en el proceso de integración y, especialmente, en el proceso de “agregación de soberanías”.

Subrayar un obstáculo de carácter constitucional suena intimidatorio: si se trata de hacer algo tan fundamental como reformar una norma constitucional, la magnitud política del desafío aparece como inconmensurable. Esta visión, sin embargo, oscurece el problema en lugar de aclararlo. En efecto, existen mecanismos legales y políticos a través de los cuales pueden adoptarse procedimientos que permitan la excepcionalidad de las normas aplicables a un caso particular. En varios países europeos existían conflictos similares entre las constituciones nacionales y el proceso de integración (con contenidos mucho más “supranacionales” que en el caso del Mercosur), los que fueron resueltos con una mezcla de ingeniería jurídica y voluntad política.

Los impedimentos constitucionales no pueden ser absolutos, aunque así presentados sirvan para ocultar el verdadero obstáculo, esto es: la falta de voluntad política para encontrar una respuesta adecuada para problemas puntuales. El mismo criterio podría aplicarse a otros ámbitos muy debatidos, como el relativo a las dificultades de internalización de la normativa aprobada por los órganos del Mercosur. En este campo se ha sugerido que la adopción de un mecanismo similar al de la “vía rápida” (utilizado por el Congreso norteamericano para autorizar al Ejecutivo a negociar acuerdos internacionales) podría facilitar la tarea de internalización cuando se requiere un acto legislativo nacional.

 

 

Falacia 3: la parálisis del Mercosur es un resultado de la crisis económica

 

Desde la devaluación del real en 1999, la crisis macroeconómica que azota a la región se convirtió en el principal factor explicativo de la descomposición por la que ha atravesado el proceso de integración regional. No hay duda que éste se vio afectado por las turbulencias macroeconómicas que afectan a los países de la región desde la crisis del este de Asia. El estancamiento o la recesión, las crecientes dificultades de financiamiento externo y, más recientemente, las bruscas devaluaciones nominales de las monedas nacionales han creado un contexto poco favorable para la apertura y el comercio. Naturalmente, el proceso de integración ha sufrido como consecuencia de estos desarrollos negativos.

Sin embargo, confundir estos impactos adversos con las causas del estado actual del MERCOSUR es equivocar el diagnóstico. El proceso de integración ya revelaba signos importantes de estancamiento regulatorio desde mediados de la década de los noventa, cuando la brecha entre las decisiones adoptadas por los órganos regionales y su implementación comenzó a hacerse cada vez mayor. Y esto ocurrió –contradiciendo a quienes atribuyen el estado actual del MERCOSUR a la crisis macroeconómica– en un período en el que las economías aún crecían rápidamente y había un grado significativo de convergencia de facto en las políticas macroeconómicas.

Cuando se deposita la responsabilidad por la crisis actual en el terreno macroeconómico se recomienda, como consecuencia lógica, la coordinación de las políticas macroeconómicas. Esto, sin embargo, conlleva una exigencia aún mayor que la de establecer una unión aduanera o un área de libre comercio. Como decía Albert Hirschmann, en América Latina cada vez que se constata que un objetivo de política es inalcanzable, se sustituye la frustración que ello produce con un objetivo aún más ambicioso. De esta manera, se salta de utopía en utopía sin construir bases sólidas sobre las cuales edificar los cimientos de políticas incrementales.

 

 

Falacia 4: el MERCOSUR “comercial” debe dar paso al “político”

 

No hay duda de que el MERCOSUR, como proyecto de integración entre países en desarrollo, es un proceso conducido y administrado por la política. En este sentido, la identificación de intereses compartidos y su construcción mediante los actores políticos no tiene sustituto posible. Son este compromiso y liderazgo políticos los que aportarán el sentido estratégico del proceso de integración. Sin embargo, hay que dotar a este sentido estratégico de una agenda práctica. Quienes consideran posible construir un proceso de integración económica a partir de la convergencia en materia de política exterior no han analizado adecuadamente la experiencia internacional.

En efecto, como lo demuestra la experiencia europea, después de casi cinco décadas de integración, los Estados nacionales aún muestran diferencias sustanciales en sus prioridades de política exterior, que están vinculadas a la historia, la ideología y la búsqueda del poder. Como puso de manifiesto el conflicto de Irak, que dividió profundamente a los miembros de la Unión Europea, las coincidencias en materia de política exterior son muy difíciles de alcanzar por cuanto las historias, las prioridades estratégicas y las ideologías divergen aún entre vecinos próximos. Después de la crisis europea de los últimos meses, lo que ha quedado en pie, aunque parezca prosaico, es el mercado interior y la moneda única para los países que la han adoptado. Lo que podría denominarse la “agenda tecnocrática” de la Unión Europea constituye la argamasa que une intereses diversos y no necesariamente coincidentes.

Los líderes políticos del MERCOSUR deberían aprender de esta experiencia. La integración económica, cuando es exitosa, genera incentivos e intereses para mantener el vínculo asociativo. Nadie en la Unión Europea pensaría que debido a las diferencias estratégicas y de política exterior que separan a sus miembros, cada uno de ellos estaría mejor aisladamente. Es más, si algún gobierno aislacionista lo pensara, probablemente sería rápidamente llamado a la cordura por los intereses que se han gestado a lo largo del proceso de integración económica. Es evidente que entre la experiencia europea y la del MERCOSUR hay tantas similitudes como diferencias, pero la integración económica es una tarea incremental que, aunque parezca “tecnocrática”, no tiene sustituto.

 

 


©
Observatorio de la Globalización, 2003

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