 |
Universitat
de Barcelona
Facultat de
Dret
Graduat en
Criminologia i Política Criminal
Graduat en
Investigació Privada |
 |
Historia
del Pensamiento Criminológico
Profra. Dra. Encarna Bodelón González
Prof. Dr. Julio Zino Torrazza
|
Montesquieu
Charles-Louis
de Secondat
(barón
de la Brède y de Montesquieu)
(1689-1755)

Formula la DIVISIÓN DEL GOBIERNO EN TRES
PODERES:
Legislativo
Ejecutivo
Judicial
Esta concepción tiene influencias de John Locke.
Las ideas penales de Montesquieu están sintetizadas en "El
espíritu de las Leyes":
-
la libertad del ciudadano se ve favorecida por
la naturaleza de las penas y su proporción.
En cuanto a la potestad punitiva, Montesquieu sostiene
que:
"una acción
solo puede ser conminada penalmente cuando lesiona los derechos de otro".
Aunque
es totalmente opuesto al contrato social, esta idea deja entrever cierto
contractualismo.
Clasificación de delitos y penas
propuestas en "El espíritu de las Leyes":
-
atentados a la religión: privación de los beneficios
que brindaba la religión (expulsión de los templos, de los
gremios fieles, etc.).
-
atentados a las costumbres: privación de las ventajas que
la sociedad da a la pureza de las costumbres (vergüenza pública,
expulsión de la ciudad).
-
Atentados a la tranquilidad: pérdida de la propia tranquilidad
(prisión,
destierro).
-
Atentados a la seguridad: muerte, penas corporales, pérdidas
de bienes...
-
Se oponía a la punición de la magia y reclamaba prudencia
frente al castigo de la herejía.
Concepción de la sociedad de Montesquieu:
La sociedad emana de una ley "natural" que justifica el orden existente,
p.e. el feudalismo. Es lo que denomina el estado de la NATURALEZA DEL HOMBRE:
"Los hombres nacen ligados los unos a los
otros: un hijo nace después de su padre y así permanece;
he aquí la sociedad y la causa de la sociedad"


Comentarios técnicos sobre esta página: Julio
Zino Torrazza
Página actualizada el 30 de octubre de 1999.
Primera edición: 30 de octubre de 1999.