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Dos magistrados, José Antonio Martín Pallín
y Cándido Conde Pumpido, y un fiscal del Tribunal Supremo, José
María Paz consideraron ayer de manera coincidente, en la UIMP, que
la expulsión de 36 inmigrantes magrebíes de Mijas podría
haber vulnerado el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva,
al impedir a éstos recurrir la orden de expulsión con asistencia
letrada. Martín Pallín apuntó que no se ha cumplido
con la Ley de Extranjería al ordenar la deportación de los
inmigrantes.
Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y el Fiscal
de Sala de ese mismo tribunal, que participan en el foro de la UIMP, bajo
el epígrafe de «Los límites de la justicia constitucional
ante la justicia ordinaria», explicaron que los inmigrantes «tienen
derecho a ser asistidos por abogados y a recurrir la orden de expulsión
antes de que se haga efectiva».
En este sentido, Martín Pallín, para quien la actual
Ley de Extranjería «es buena y además también
goza del consenso de todos los partidos», «a primera vista
y sin conocer a fondo los términos de la expulsión, se ha
privado a estos inmigrantes de algunos mecanismos legales que se establecen
en la citada Ley. El magistrado especificó: «no quiero decir
que tengan derecho a estar en España, sino a que se debata la legalidad
de su situación». De hecho, insistió en que «lo
lógico es que estas personas hubieran tenido la posibilidad de asistencia
letrada o a ejercitar algún mecanismo legal».
Martín Pallín restó importancia a la posibilidad
de plantear un recurso, contencioso-administrativo, pues «cuando
están fuera del país es un gasto inútil que no llevaría
a ningún lado, salvo que algún ciudadano tuviera la paciencia
necesaria para esperar ese peregrinaje jurisdiccional y pedir luego la
ejecución de la sentencia».
El magistrado y director del curso en la Magdalena declaró que
«es una utopía, porque ni tienen bienes económicos,
ni pueden seguir esperando el proceso». A su juicio, sería
necesario que en los centros de entrada y salida a España existieran
servicios jurídicos a los que acudir, aunque mostró como
ejemplo negativo el hecho de que antes incluso de aprobarse la actual Ley
de Extranjería se habían establecido unos servicios jurídicos
de asistencia a inmigrantes en el aeropuerto de Barajas que, según
sus informaciones, «fueron suprimidos de forma prematura».
Profunda modificación
Martín Pallín, en su reflexión sobre el proyecto
legislativo que prepara el Gobierno y que introduce cambios en la actual
Ley de Extranjería, expresó su convencimiento de que «irremediablemente
caminamos hacia una profunda modificación de la Ley». Si bien
afirmó no conocer el contenido de los cambios, recordó algunos
antecedentes significativos de la elaboración de la actual Ley,
y concluyó: «están en juego derechos muy importantes,
como la tutela judicial efectiva, el de igualdad ante la ley, o los de
reunión y asociación».
Por su parte, Cándido Conde Pumpido aseguró al respecto
que «la ley tal y como está contemplada y vigente no contempla
como causa de expulsión el mero hecho de estar ilegal, es decir,
que para poder expulsar tiene que haber alguna circunstancia adicional
como la vulneración del orden». Sobre el proyecto de modificación
de la Ley planteada por el Gobierno Aznar, apuntó la necesidad de
distinguir «entre la política de inmigración y los
derechos de los ciudadanos que ya se encuentran en España, un aspecto,
consideró, en el que «no se debería ir hacia atrás
y parece que el proyecto legislativo va hacia atrás».
Interpretación restrictiva
Precisó, además, que la Ley reconoce a todos los extranjeros
que se encuentran en esta situación el derecho a formular un recurso
ante la jurisdicción contencioso-administrativa, e incluso solicitar
la suspensión cautelar de la expulsión mientras se prolongue
la tramitación del recurso.
Finalmente, el fiscal del TS José María Paz Rubio
aseguró que ha existido en el caso de los inmigrantes expulsados
«una interpretación restrictiva del Ministerio del Interior
de los derechos de los extranjeros, en particular del derecho de defensa»
y, fue más allá al hablar de «una actuación
no ajustada al espíritu de la nueva Ley de Extranjería».
En este sentido, avanzó su creencia de que «el Constitucional
manifestará que devolver a alguien en derecho de retorno sin esa
audiencia de letrado vulnera derechos constitucionales, que es distinto
de que haya vulnerado la Constitución».
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