La UB recorrerá la sentencia por la demanda de CEDRO
En relación con la sentencia de 2 de septiembre de 2013, dictada por el Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona como consecuencia de la demanda interpuesta por el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) contra la Universidad de Barcelona por supuesta vulneración de derechos de propiedad intelectual en la actividad docente impartida por esta Universidad en su Campus Virtual, la UB manifiesta lo siguiente:
En relación con la sentencia de 2 de septiembre de 2013, dictada por el Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona como consecuencia de la demanda interpuesta por el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) contra la Universidad de Barcelona por supuesta vulneración de derechos de propiedad intelectual en la actividad docente impartida por esta Universidad en su Campus Virtual, la UB manifiesta lo siguiente:
- La UB, a través del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI), creó en 2006 la Oficina de Difusión del Conocimiento, la cual ha velado desde entonces por la propiedad intelectual y ha llevado a cabo distintas actuaciones para su correcto seguimiento.
- La institución contactó con todo el personal docente e investigador (PDI) para que procediera a revisar los materiales de todas las asignaturas del Campus Virtual.
- A fin de reforzar las acciones realizadas y sobre todo dirigidas a la formación del profesorado en temas de propiedad intelectual, el 2 de octubre de 2012 el Consejo de Gobierno de la UB aprobó el Procedimiento para la publicación de recursos educativos en el Campus Virtual de la UB.
- La UB ha programado en los últimos meses varias sesiones dirigidas al profesorado sobre buenas prácticas en la elaboración de material docente en la UB y ha actualizado el Campus Virtual para desplegar herramientas adicionales para un mejor control.
3. Dado que esta sentencia es susceptible de recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona y que la UB entiende que existen elementos suficientes para revocarla, esta Universidad tiene prevista la formalización, en tiempo y forma, del recurso de apelación, en defensa de los intereses públicos tanto docentes como económicos.