La segunda vez que se presentaron propuestas, tramitadas parlamentariamente, favorables al sufragio femenino fue en el año 1907, cuando fueron presentadas dos enmiendas, una por la minoría republicana y otra por la minoría demócrata, en las que se pedía el voto restringido para las mujeres.
El debate entorno a la primera petición presentada el 15 de julio de 1907 fue protagonizado por el diputado gerundense del Partido Republicano Federal Joaquín Salvatella Gibert, que defendió el voto en las elecciones municipales para las viudas con patria potestad, y por el diputado Conde de Andes, contrario a la propuesta republicana. Dicha enmienda se enmarcaba en el debate entorno a la reforma de la ley electoral que ampliaba el derecho a sufragio de los varones. La Ley electoral requería para ejercer los derechos electorales ser "varón de más de 25 años, en pleno goce de derechos civiles y vecino del municipio con al menos 2 años de residencia". Esta normativa estaría vigente hasta la II República. El encargado de defender la propuesta, el diputado Joaquín Salvatella Gibert, pidió el reconocimiento del derecho de voto para las viudas con patria potestad en términos análogos a la enmienda de 1877 pero con una nueva restricción: limitaba el ejercicio de voto de aquéllas a las elecciones municipales. Dicha petición recibió el apoyo del diputado Odón Bueno, miembro de los sectores más moderados de Solidaritat Catalana. El encargado de oponerse a la enmienda fue el diputado Conde de Ares que consideraba que acceder a dicha petición implicaba "la muerte de la familia". Esta primera propuesta fue rápidamente olvidada en beneficio de la enmienda presentada por la minoría demócrata.
La segunda enmienda presentada, a título personal, el 16 de julio de 1907 por el senador demócrata F. Palomo propuso el voto en las elecciones municipales, legislativas y provinciales para las viudas que dispusieran de patria potestad y realizaran una contribución territorial superior a 100 pesetas anuales. En el debate entorno a dicha propuesta participaron el senador ya citado Odón Bueno, de Solidaridad Catalana, José María de Labra, dirigente de la minoría republicana, y Alcalá Galiano de la minoría liberal.
En sus distintas intervenciones en defensa de su enmienda, el diputado Palomo reiteró la idea que el voto debía concederse a las mujeres viudas por su condición de cabezas de familia. Sobre la propuesta del diputado demócrata, intervinieron, por una lado, los diputados Odón Bueno y Rafael Maria de Labra, del sector moderado de Solidaritat Catalana y, por el otro lado, la minoría republicana que continuaba apoyando su anterior propuesta. Ambos grupos afirmaban:
- Que la capacidad de las madres, hermanas y esposas no era inferior a la de los trabajadores varones a los cuales se les había concedido el voto y la mayoría de los cuáles eran analfabetos.
- La importancia y la influencia de las mujeres, fundamentalmente dentro de las familias, para el éxito o fracaso de determinadas ideas políticas.
- En este debate apareció la idea, reiterada en todos los debates entorno al sufragio femenino, que el voto de las mujeres era un voto conservador que favorecía a la derecha.
Los argumentos de los diputados catalanes y de los republicanos fueron contestados por el diputado Lauce, que afirmaba que sin cuestionar la capacidad de las mujeres, su papel social era distinto al del hombre, y estaba circunscrito al ámbito privado, al hogar. En esta misma línea argumentativa, y con una sorprendente intervención, el diputado Álvarez Guijarro planteó el "peligro para la integridad física de los maridos si el requisito para votar es la viudedad de las mujeres".
Finalmente el diputado Palomo decidió retirar la enmienda que no fue votada por la Cámara.