La regularización de los inmigrantes.

La legislación francesa se basa en la ordenanza del 2 de noviembre de 1945 que establece las entradas y las permanencias de los extranjeros en el territorio; y en cuanto a los argelinos- mayoritarios -, existe un acuerdo del 27 de diciembre de 1968, convención internacional, más específico. En junio de 1997, el ministro del interior, J-P. CHEVÈNEMENT, publica una circular a propósito de la regularización de los "sans-papiers", a fin de controlar los flujos migratorios ilegales, como lo habían ya hecho sus predecesores (PASQUA- DEBRÉ). Una lectura de este documento nos permite ver lo estricto de las condiciones requeridas para obtener un visado de permanencia temporal (entre 3 meses y un año), o una visado de residencia (con un mínimo de un año).

Mientras un dossier del Groupe d´Information et de Soutien des Immigrés nos da unos comentarios sobre su aplicación por los prefectos, tres meses después, o sea sobre unas 150.000 preguntas de regularización, menos de la mitad lo hubiera conseguido, los demás siendo condenados a irse del territorio, despedidos hasta la frontera, o de buscar unos recursos, planteados también por la circular, a través de un recurso dicho gracioso, otro jerárquico, y un último contencioso.


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