Recuperación de la nacionalidad española.
Si una persona ha perdido la nacionalidad española podrá recuperarla por voluntad del interesado, teniendo que acreditar su condición anterior de español y el cumplimiento de determinados requisitos : residir en España; declarar ante el encargado del registro civil la voluntad de recuperar la nacionalidad española; renunciar a la nacionalidad extranjera que tengan; y, inscribir la recuperación en el registro civil.
En el caso que la nacionalidad se hubiere perdido por sanción, el art. 26.2 CC requiere la previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros.