
Los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales se definen como aquellos alimentos destinados a una alimentación especial, que han sido elaborados o formulados especialmente para el tratamiento dietético de pacientes bajo supervisión médica. Estos alimentos están destinados a satisfacer total o parcialmente las necesidades de los pacientes cuya capacidad para ingerir, digerir, absorber, metabolizar o excretar alimentos normales o determinados nutrientes o metabolitos de los mismos sea limitada o deficiente o esté alterada, o bien que necesiten otros nutrientes determinados clínicamente, cuyo tratamiento dietético no pueda efectuarse únicamente modificando la dieta normal, con otros alimentos destinados a una alimentación especial, o mediante ambas cosas". Son productos de venta exclusiva en oficinas de farmacia y han de utilizarse bajo supervisión médica; a su vez, pueden ser susceptibles de financiación por el Sistema Nacional de Salud.
En este grupo de alimentos se incluyen la nutrición enteral domiciliaria y los tratamientos dietoterápicos complejos para determinados trastornos metabólicos congénitos.
- Nutrición enteral domiciliaria
El objetivo de la nutrición enteral domiciliaria es el mantenimiento
de un correcto estado nutricional en aquellos enfermos que presenten trastornos
de la deglución, tránsito, digestión o absorción
de los alimentos en su forma natural, o cuando existan requerimientos especiales
de energía y/o nutrientes que no pueden cubrirse con alimentos de consumo
ordinario.
La nutrición enteral domiciliaria se define como la administración
de fórmulas enterales por vía digestiva, habitualmente mediante
sonda, con el fin de evitar o reconducir la desnutrición de los pacientes
atendidos en su domicilio, entendiendo por sonda tanto las nasoetéricas
como las de ostomía. La fórmula enteral comprende aquellos productos
constituidos por una mezcla definida de macro y micronutrientes, inscritos en
el Registro Sanitario de Alimentos como Alimentos para usos médicos especiales
- Tratamientos dietoterápicos complejos
Los tratamientos dietoterápicos complejos son aquellos que se realizan
con alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales,
para usuarios del Sistema Nacional de Salud que padezcan alguno de los transtornos
metabólicos congénitos que figuran en el anexo VII del Real
Decreto 1030/2006 que establece la cartera de servicios comunes del
Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, que
anulaba la Orden
del Ministerio de Sanidad y Consumo de 30 de abril de 1997 (actualización
5 de marzo de 2002) que lo regulaba hasta entonces. En este anexo
se describen alteraciones congénitas del metabolismo de hidratos de carbono
y aminoácidos.
Estos tratamientos requieren prescripción médica realizada por
especialistas de unidades hospitalarias, expresamente autorizadas para este
fin por los servicios de salud de las comunidades autónomas o por el
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. Para su dispensación
financiada por el Sistema Nacional de Salud se requiere receta médica
con visado de inspección y están exentos de aportación.