
Bajo la denominación genérica de productos con pretendida finalidad
sanitaria se incluyen una serie de productos, materiales, sustancias, energías
o métodos que se anuncian o se presentan como útiles para el diagnóstico,
prevención o tratamiento de enfermedades o desarrollos fisiológicos,
modificación del estado físico y psicológico, restauración,
corrección o modificación de funciones orgánicas, etc.,
sin que se ajusten a la normativa propia de los medicamentos, productos sanitarios,
cosméticos o productos para regímenes dietéticos, por citar
algunos ejemplos de productos legalmente reconocidos.
Este tipo de productos que se comercializan con pretendida finalidad sanitaria
y que se conocen vulgarmente como productos milagro, en la mayoría de
los casos se desconoce su composición y efectos, ya que se carece de
información sobre su contenido y naturaleza. Presuntamente, representan
un fraude para los consumidores y usuarios, con el agravante de que su utilización
puede resultar peligrosa para la persona.
Para la difusión y el conocimiento de los mismos suelen utilizarse mensajes,
imágenes o referencias con apariencia sanitaria, médica, farmacéutica,
preventiva o terapéutica que no se corresponden con la realidad; todo
ello conduce a una información defectuosa y a una publicidad abusiva.
Esta situación condujo a la aprobación del Real
Decreto 1907/1996, sobre publicidad y promoción comercial de productos,
actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, que regula
estas actividades.