De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, para acceder a los másteres universitarios oficiales, se ha de estar en posesión de uno de los títulos siguientes.
- Título universitario oficial español.
- Título expeditado por una institución de educación superior para una institución de educación superior de l'EEES que faculte, en el país de expedición, para acceder a las enseñanzas de máster oficial.
- Título ajeno al EEES. En este caso, es necesaria o la homologación de un título universitario oficial español o bien la comprobación previa (sin homologación) de la Universitat de Barcelona conforme los estudios corresponden a una formación equivalente a los títulos universitarios oficiales españoles que faculten, en el país que expedite el título, para acceder a estudios de máster oficial. La admisión a un máster oficial no implica en ningún caso la homologación del título previo ni el reconocimiento a otros efectos que el de cursar una enseñanza de máster.