Comunicado del rector en relación con el horario de cierre de los centros

 
 
Institucional
(26/10/2020)

De acuerdo con el Real decreto 926/2020, del 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y la resolución SLT/2620/2020, del 25 de octubre, por la que se adoptan medidas de salud pública, de restricción de la movilidad nocturna, para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña, la Universidad de Barcelona establece un horario de cierre máximo en todos sus centros e instalaciones no superior a las 21 horas, garantizando la prestación del servicio público de acuerdo con los servicios mínimos establecidos de prestación presencial obligatoria.

 

 
 
Institucional
26/10/2020

De acuerdo con el Real decreto 926/2020, del 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y la resolución SLT/2620/2020, del 25 de octubre, por la que se adoptan medidas de salud pública, de restricción de la movilidad nocturna, para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña, la Universidad de Barcelona establece un horario de cierre máximo en todos sus centros e instalaciones no superior a las 21 horas, garantizando la prestación del servicio público de acuerdo con los servicios mínimos establecidos de prestación presencial obligatoria.