Comunicado del rector sobre medidas excepcionales durante el periodo de exámenes del primer semestre del curso 2020-2021

 
 
Académico
(14/01/2021)

Ante el empeoramiento de la situación epidemiológica y el endurecimiento de las medidas para contener la propagación de la COVID-19, el recién nombrado rector de la UB, Joan Guàrdia, una vez consultados los decanos y las decanas de las facultades y el Consejo del Alumnado, ha firmado una resolución sobre las medidas que han de adoptarse en la realización de las pruebas finales de evaluación del primer semestre del curso 2020-2021, así como de cualquier otro tipo de actividad académica de evaluación.

 
 
Académico
14/01/2021

Ante el empeoramiento de la situación epidemiológica y el endurecimiento de las medidas para contener la propagación de la COVID-19, el recién nombrado rector de la UB, Joan Guàrdia, una vez consultados los decanos y las decanas de las facultades y el Consejo del Alumnado, ha firmado una resolución sobre las medidas que han de adoptarse en la realización de las pruebas finales de evaluación del primer semestre del curso 2020-2021, así como de cualquier otro tipo de actividad académica de evaluación.

La resolución establece que la evaluación de las asignaturas se llevará a cabo de acuerdo con lo previsto en los planes docentes, pero con la flexibilidad necesaria para poder transformarla a modalidad no presencial, especialmente en las asignaturas con un elevado número de alumnos matriculados, en aquellas cuyos naturaleza y contenido lo permita, o cuando se presenten circunstancias que lo aconsejen a criterio de cada centro. En caso de que se adopte la modalidad de evaluación no presencial, se recomienda que sea para todos los grupos de una misma asignatura.

En los casos en que la alternativa de evaluación no presencial no sea factible, o en aquellas pruebas evaluativas en que el cambio de una modalidad a otra no sea posible en un plazo breve de tiempo, deben extremarse las medidas de protección. Igualmente, se debe garantizar que tanto el alumnado como el profesorado y el PAS dispongan con suficiente antelación de las instrucciones de seguridad para el acceso, la realización de los exámenes y la salida de los edificios. Es necesario tener presentes los planes de seguridad COVID-19 establecidos por las facultades.

En la resolución también se especifica que los centros deben garantizar sistemas de evaluación alternativos a los estudiantes que no puedan asistir a alguna actividad de evaluación presencial programada —porque se encuentren en una situación debidamente justificada de confinamiento o con dificultades de desplazamiento dadas las restricciones de movilidad. Estas alternativas pueden implicar cambiar la fecha de examen, si es posible, o modificar el sistema de evaluación, tal como se hace cuando los estudiantes no pueden realizar una actividad evaluativa por una causa de fuerza mayor.

En la medida de lo posible, cuando se opte por hacer evaluaciones no presenciales, hay que respetar el mismo calendario que estaba previsto y aprobado para la realización de las pruebas. En caso de que sea necesario modificar el calendario, los centros deben garantizar que se informe adecuadamente a los estudiantes, y con la suficiente antelación.