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El impago de la matrícula da lugar a la suspensión temporal automática de los derechos del alumno sin necesidad de requerimiento previo por parte de la UB.
El recargo que se añadirá al importe de los recibos no satisfechos será de un 5 %, si el abono se hace en el plazo de un mes a partir de la finalización del plazo para efectuar el pago, y se incrementará a razón de un 5 % por cada mes o fracción en que el recibo quede impagado, hasta un máximo de un 50 %.
Al efecto de la aplicación del incremento de este recargo, el mes de agosto es inhábil.
Lea detenidamente el apartado correspondiente de la información económica
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