Unitat d'Història de la Farmàcia, Legislació i Gestió Farmacèutiques, Departament de Farmàcia i Tecnologia Farmacèutica

 

 

 

MEDICAMENTOS CON CONDICIONES ESPECIALES DE PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN

·Introducción

·Legislación

 

 

 

 

 

 

 

Introducción

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá establecer subgrupos de medicamentos sujetos a prescripción para los que se especifican unas condiciones especiales de prescripción y dispensación (artículo 19 Ley 29/2006 y art. 24 Real Decreto 1345/2007). En la cuadro se indica la clasificación:

a) Medicamentos de dispensación bajo prescripción médica renovable o no renovable.
b) Medicamentos sujetos a prescripción médica especial.
c) Medicamentos de dispensación bajo prescripción médica restringida, de utilización reservada a determinados medios especializados.

1. Medicamentos de dispensación bajo prescripción médica renovable o no renovable.

La Agencia Española de medicamentos establece los que están sometidos a prescripción renovable.


2. Medicamentos sujetos a prescripción médica especial

Dentro de este grupo se diferencia entre:

a) Estupefacientes
b) Psicotropos

La Ley 29/2006, considera como medicamentos especiales los medicamentos con sustancias psicoactivas con potencial adictivo. El artículo 49 indica dos principios básicos a seguir en este tipo de medicamentos:

1. Las sustancias psicoactivas incluidas en las listas anexas a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y al Convenio de 1971 sobre Sustancias Psicotrópicas, así como los medicamentos que las contengan, se regirán por esta Ley y por su normativa específica.
2. Se someterán dichas sustancias a restricciones derivadas de las obligaciones adquiridas ante la Organización de Naciones Unidas en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

3. Medicamentos de dispensación bajo prescripción médica restringida, de utilización reservada a determinados medios especializados.

La legislación española diferencia los tres tipos de medicamentos:

a) De especial control médico
b) De diagnóstico hospitalario.
c) De uso hospitalario.

 

Legislación

- Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de noviembre de 2001 por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano

- Ley 29/2006, de 26 de julio,de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

- Real Decreto 1345/2007 de 11 de octubre, BOE de 7 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente