Funciones

Las funciones de la Junta de Facultad son:

  1. Elaborar y aprobar el reglamento, que incluirá las normas de funcionamiento de la Junta,
  2. Elegir al decano,
  3. Elegir los representantes para integrar los órganos colegiados de gobierno,
  4. Coordinar la organización de las diferentes enseñanzas,
  5. Proponer, de acuerdo con lo establecido en el Título IV del Estatuto de la Universidad de Barcelona, ​​la impartición de nuevas enseñanzas al     Consejo de Gobierno para su aprobación,
  6. Elaborar los planes de estudios y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación,
  7. Determinar, de acuerdo con los criterios fijados por la Comisión Académica del Consejo de Gobierno, el número de consejos de estudios y las enseñanzas adscritos a cada uno de ellos, así como establecer los mecanismos de coordinación,
  8. Organizar enseñanzas de doctorado y cursos de postgrado, así como cursos de especialización, reciclaje y extensión universitaria,
  9. Aprobar las directrices de actuación y establecer los criterios básicos de organización y coordinación de las actividades docentes,
  10. Participar en la elaboración de la relación de puestos de trabajo y en los cambios de denominación, amortización, minoración y redistribución de las plazas docentes,
  11. Proponer los miembros de las comisiones de acceso y contratación de personal académico, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de la Universidad de Barcelona,
  12. Organizar los servicios y laboratorios necesarios para el desarrollo de la actividad académica y el apoyo de la investigación, e impulsar la realización de actividades complementarias y dinamizadoras de la vida universitaria,
  13. Proponer gastos en infraestructura para la investigación, sugerir las prioridades y velar por el apoyo a la investigación,
  14. Llevar a cabo la matriculación del alumnado y el seguimiento de su currículum,
  15. Resolver los traslados, aprobar los complementos de formación y establecer los criterios de convalidación de asignaturas y de reconocimiento de créditos, de acuerdo con lo que haya regulado el Consejo de Gobierno,
  16. Proponer las modificaciones, la recalificación y la redistribución del personal de administración y servicios que tienen adscrito y participar en los procedimientos de provisión de los puestos de trabajo,
  17. Proponer inversiones en obras mayores y en obras de conservación, y hacer su seguimiento,
  18. Participar en la gestión de las bibliotecas y de los otros servicios generales de apoyo a la docencia y la investigación, y coordinar su funcionamiento según las necesidades del centro,
  19. Gestionar, administrar y hacer públicos los recursos atribuidos por el Consejo de Gobierno,
  20. Proponer al Consejo de Gobierno el establecimiento de convenios con otros centros e instituciones,
  21. mpulsar la creación de servicios externos de Psicología, que tengan como finalidad la formación del alumnado, la investigación y la atención a la comunidad universitaria y, por extensión, a la sociedad,
  22. Apoyar las publicaciones propias de la Facultad,
  23. Velar por el cumplimiento de la normativa de seguridad, salud y medio ambiente en el centro de manera coordinada con los departamentos para garantizar unas condiciones seguras para el ejercicio de la actividad que le es propia, y
  24. Todas las demás competencias que el Estatuto y los reglamentos de la Universidad de Barcelona les atribuyan.