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Estudiantes con plaza aceptada: documentación que hay que tramitar
Documentación que se debe entregar a la UB una vez aceptado o aceptada en la universidad de destino.
Si habéis sido seleccionados para participar en un programa de movilidad internacional, debéis realizar una serie de gestiones, en función del programa de movilidad en que participéis, pero en todos los casos hay que tener en cuenta que se debe viajar con:
Protección y seguridad
Seguro médico, de accidentes y repatriación
El estudiante o la estudiante debe contratar un seguro médico, de accidentes y repatriación, para estar cubierto ante cualquier eventualidad. Hay que tener en cuenta que algunas universidades extranjeras, embajadas o consulados podrían exigir contratar un seguro específico para los estudiantes de movilidad.
En el caso de la Unión Europea y de los países asociados, si disfrutáis de asistencia sanitaria pública en España, hay cobertura mediante la tarjeta sanitaria europea, siempre bajo las condiciones del sistema público sanitario de ese país (pago por adelantado, retorno de solo una parte del porcentaje, etc.).
En caso de que el país de destino no forme parte de alguno de los países con los que la UE ha firmado un convenio, debéis contratar obligatoriamente un seguro médico privado que cubra toda vuestra estancia en el país extranjero. En este caso, y si la universidad de destino o la embajada no os obliga a contratar una en concreto, podéis contactar con la aseguradora con la que colabora la UB habitualmente, Ferrer & Ojeda.
Recomendaciones para viajar
Es imprescindible conocer y seguir las recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores a la hora de viajar y registrarse en la representación consular española en el país de destino.
Tramitación del visado
Es responsabilidad del estudiante o la estudiante tramitar el visado y, acto seguido, contactar con la embajada o consulado del país de destino para realizar los trámites para poder entrar al país. Antes de comprar el billete de avión, hay que asegurarse de poder entrar al país con la aceptación del visado correspondiente. Cuando la estancia es inferior a 180 días o 6 meses, en algunos países no hay que tramitar el visado, pero es posible que, habiendo llegado al país de destino, se requieran trámites en la embajada. Dado el caso, la embajada o consulado os podrá dar más información.
¿Cuándo hay que empezar a tramitar el visado?
Habitualmente lo podréis empezar a tramitar cuando la universidad de acogida os envíe la carta de aceptación. Aun así, antes de recibirla, contactad con la embajada o consulado del país de destino para saber qué documentos deberéis preparar para tramitar el visado. Habitualmente os piden la carta de aceptación de la universidad de destino y os pueden solicitar que contratéis un seguro médico, de accidentes y repatriación con unas características concretas y/o que justifiquéis económicamente un importe en concreto.
Para destinos en los EUA y Canadá (más de 6 meses), se requiere tramitar el visado en Madrid. Listado de consulados.
¿Qué hay que tener en cuenta para tramitar el visado?
- Hay embajadas o consulados que solicitan una justificación económica para tramitar el visado (Corea del Sur, EUA…).
- Hay embajadas o consulados que, si la estancia es menor de 180 días, no obligan a tramitar el visado, pero es posible que se deban hacer algunos trámites cuando lleguéis al país de destino. Consultadlo a la embajada.
- A veces, para tramitar el visado, obligan a tener un seguro previo con unas características concretas (consultadlas a la embajada).
- Atención: Debe hacerse con tiempo. No es recomendable realizar el trámite a última hora. Excepto en los casos mencionados y por indicación de la embajada, el visado es imprescindible para entrar al país.


