Accés amb titulació extrangera

Los estudiantes procedentes de Universidades extranjeras que quieran preinscribirse en un máster de la Facultad podrán enviar la documentación académica requerida en formato electrónico, sin ser necesario que cumpla con los requisitos de legalización y/o traducción. Si el estudiante es admitido para cursar el máster, tendrá que legalizar y/o traducir la documentación original y presentarla en la Secretaría de la Facultad, junto con fotocopias para que éstas sean compulsadas. Los documentos que tendrán que legalizarse y/o traducirse son:

  • Título o diploma
  • Certificado académico de los estudios cursados
  • Documento emitido por la autoridad del país de origen, competente en la materia, que acredite que el título obtenido por el estudiante permite acceder a estudios de Máster en el país de expedición del título (este documento no será necesario si se presenta el Suplemento Europeo al Título

La vía de legalización (vía diplomática o apostilla de la Haya) dependerá del país de donde proceda el documento.
Consulta el proceso de legalización: http://www.ub.edu/acad/noracad/documents/es/legalizacion.htm

En el caso de documentos de países de la UE, signatarios del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o acuerdo bilateral con la Unión Europea , no se exige ningún tipo de legalización, aunque éstos deberán ser firmados por el Rector o una autoridad académica.

La legalización tiene que hacerse del documento original. Las fotocopias legalizadas no son válidas para el acceso y la matrícula en un máster universitario (excepto en el caso de documentos expedidos en China e Irán).

Los documentos que estén redactados en una lengua diferente del castellano, catalán o inglés deberán ir acompañados de su respectiva traducción oficial al castellano o catalán. La traducción deberá hacerse del documento original completo, incluyendo el procedimiento de legalización de firmas.

Tipología de traducciones válidas:

  • Traducciones hechas por un traductor/intérprete legalmente inscrito en España que forme parte de la "Lista actualizada de traductores-intérpretes jurados" que publica el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC).
  • Traducciones hechas en las representaciones diplomáticas de los países de origen o destino de los documentos.
  • Traducciones hechas por traductor oficial en el extranjero: para que sea válida esta traducción la firma del traductor oficial ha de estar debidamente legalizada.

Los documentos originales legalizados y las traducciones tendrán que presentarse en la Secretaría de la Facultad junto con sus respectivas fotocopias, para que éstas puedan ser compulsadas. Los originales serán devueltos al interesado (ver horario de la Secretaría para la atención de alumnos de máster).

Si el estudiante no puede presentarse en la Secretaría de la Facultad, tendrá que compulsar las fotocopias por una de las siguientes vías:

  1. Notario colegiado en el Estado Español.
  2. Representaciones diplomáticas o consulares del Estado Español en el país de procedencia del documento.

 

  • Las fotocopias compulsadas tendrán que ser enviadas por correo postal a la siguiente dirección:
    Secretaria d'estudiants i docència
    Facultat de Filologia i Comunicació
    Universitat de Barcelona
    Gran Via de les Corts Catalanes, 585
    08007 Barcelona

La tasa se abonará en la Secretaría en el momento de entregar la documentación original y las fotocopias.

En los casos en que la documentación se haya enviado por correo postal, una vez recibida y revisada, desde la Secretaría nos pondremos en contacto con el interesado para facilitarle los datos necesarios para el pago de la tasa por internet.

Los estudiantes que acceden con una titulación cursada en un país perteneciente al EEES** podrán formalizar la matrícula a partir de ese mismo momento; en todo caso, siempre dentro del plazo de matrícula establecido.

Los estudiantes que acceden con una titulación cursada en un país no perteneciente al EEES** tendrán que esperar una resolución escrita que los autorice a matricularse.

** Países del EEES: países de la UE, signatarios del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o acuerdo bilateral con la Unión Europea, y todos los siguientes: Albania, Andorra, Armenia, Azerbaidjan, Bosnia y Herzegovina, Ciudad del Vaticano, Georgia, Moldavia, Montenegro, República de Macedonia, Rusia, Serbia, Turquía y Ucrania.

XINA:

•  Tienen que entregarse los documentos académicos originales, dado que la legalización está hecha sobre una fotocopia compulsada por un notario en China en la que se incluye una traducción.

•  Tiene que presentarse una traducción oficial de cada uno de los documentos académicos de acuerdo con las tipologías de traducción especificadas en el paso 2.

 

IRAN:

•  Tienen que entregarse los documentos académicos originales, dado que la legalización está hecha sobre una fotocopia en la que se incluye una traducción hecha por un traductor del poder judicial.

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