Anulación de matrícula

La anulación de la matrícula tiene que garantizar el cumplimiento de lo que establezca la normativa de permanencia que sea de aplicación. Las matrículas totalmente anuladas no tienen ningún efecto económico posterior en el expediente del estudiante. Tendrán los efectos académicos posteriores que establezcan la normativa de permanencia que sea de aplicación respecto al abandono de estudios.

Antes de solicitarla se tiene que haber abonado el importe de la matrícula, en caso contrario no se estudiará la solicitud presentada.

La anulación puede ser de toda la matrícula de grado o sólo de las asignaturas de segundo semestre.

Para más información sobre la anulación de matrícula, consultad la normativa de matrícula   para este curso académico. 

El estudiante que anule totalmente su matrícula tendrá que solicitar la anulación de la beca, y:

  • En el caso de que se haya matriculado condicional como becario o becaria y que las causas de anulación de matrícula no den derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados, abonar el importe total de la matrícula. Si no se cumple este pago, se procederá de conformidad con lo establecido en  la normativa de matrícula.
  • En el caso de haber recibido cualquier importe, retornar el importe transferido en concepto de ayuda.

La anulación semestral de matrícula puede comportar la pérdida de la condición de becario por no lograr los mínimos de matriculación necesarios para gozar de la beca y puede comportar la devolución del importe transferido en concepto de ayuda. Si se solicita la ayuda para el próximo curso académico, será desestimada en caso de no lograr los mínimos de créditos matriculados el curso anterior.

Para más información sobre las becas, contactad con la Unidad de Becas y Ayudas al Estudiante: beca.estudis@ub.edu

Por matrícula del estudiante en otro centro de la UB o en otras universidades públicas del estado y las integradas en el sistema de preinscripción universitaria catalana, en caso de reasignación de plaza por preinscripción general universitaria. En este caso, y siempre que el estudiante solicite la anulación antes del 30 de octubre de 2024 el estudiante tiene derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados, sin reserva de plaza. La devolución de este importe no se aplica si la reasignación de plaza se ha producido por haber solicitado un cambio de preferencias o una nueva preinscripción en convocatorias posteriores.

A través del trámite en línea

Sólo para los estudiantes que se matriculen por primera vez en la enseñanza de grado.

Los estudiantes que se matriculan por primera vez en el Grado de Filosofía pueden solicitar la anulación total de la matrícula por interés personal, siempre que lo solicten antes del 29 de septiembre de 2024. En este caso, y siempre que estén al corriente de pago los recibos de matrícula vencidos, tienen derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados. Esta anulación no comporta la reserva de plaza.

A través del trámite en línea 

El resto de alumnos pueden solicitar la anulación total de la matrícula por interés personal antes del 31 de octubre de 2024, sin derecho a la devolución de los importes ingresados bajo ningún concepto. Estas solicitudes no se resuelven mientras no se haya efectuado previamente el pago del importe de la matrícula.

A través del trámite en línea

Mirar el apartado modificación de matrícula.

Anulación total de la matrícula: Antes del 31 de octubre de 2024. A través del trámite en línea

Anulación de las asignaturas de segundo semestre: Antes del 7 de marzo de 2025. A través del trámite en línea

Mediante un informe médico del Servei Català de Salut, del organismo equivalente de otras comunidades autónomas o, según el colectivo, de MUFACE, en el que se concluya este impedimento. En este caso, el estudiante tiene derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados. En caso de que se anule totalmente la matrícula de un estudiante de primer año por causa de enfermedad grave, se puede pedir la reserva de plaza y si la resolución es positiva, no hace falta volver a hacer la preinscripción.

En casos graves y excepcionales debidamente justificados, el vicerrectorado de Ordenación Académica y Calidad; a propuesta del decanato o de la dirección o del director/a del centro i con el informe previo de la Gerencia, puede acordar la anulación de la matrícula fuera de los plazos establecidos por la UB. En la resolución de vicerrectorado se determinan los efectos económicos i académicos de la anulación.

Solicitud:
Aplicativo (se activará a partir del 4 de noviembre de 2024)